Construcción de galeones en Ribadeo en 1605
Plano de la Ria del Eo, 1605
Del libro
de consistorio de 1605 recogemos esta entrada sobre el repartimiento
de carros encargados para la construcción de varios galeones que en
aquel momento se llevaba a cavo en el puerto y astilleros de Ribadeo.
Este es uno de los casos en que unicamente nos toca copiar y
transcribir pues esta nota en nada afecta al desarrollo y evolución
de nuestra ciudad y forma parte más bien de su actividad
jurisdiccional como cabeza de partido.
En la
ciudad de mondoñedo a seys dias del mes de julio de mill / y
seysçientos y çinco años estando juntos en consystorio se / gun
costumbre el doctor Rodrigues Marin alcalde mayor desta / dicha
çiudad el bachiller señor Roxiça alcalde hordinario Pero Gonçalez
de Car / ballal Adan Diaz Teixeiro Juan Maseda Sabedra regidores / a
este consistorio paresçio Juan Garçia Marques / de Luazes vezino
del concejo de Sante y secretario de la fabrica de / los galeones que
se fabrican en la ria de Ribadeo / con comysyon del capytan Agustin
de Oxeda questa / asystiendo en nombre de sus magestad en la
hestilleria y fabrica de los / galeones que se fabrican en la dicha
ria de Ribadeo y para / el efeto de la dicha fabrica se mandan
repartir can / tidad de carros en esta jurisdizion de la ciudad de
Mondoñedo y su con / torno y por agora bysto por la dicha justizia e
regimiento / mandaron açer repartimiento siguiente / el partido de
Bretoña seys carros / la Guarda dos carros / Ferreyra Bella dos
carros / Aldurfe dos carros / Lendin dos carros / Argomoso dos carros
/ Byllamor y Santo Andres tres carros / Bylla oalle Figueiras y
Coubueyra quatro carros / Cabanas quatro carros / Bylla Martin dos
carros / el calendario de San Cosmede ocho carros / Santo Açisclo y
Santa Çecilia y Santiago de Foz cada tres carros / digo a Santa
Çeçilia quatro carros y Santiago de Foz tres y Danto Açisco dos /
y para despacho de los dichos carros y que con toda / puntualidad se
ynbyen mandaron se despa // chen personas que conpela a los dichos
partydos / y juezes dellos que cumlan con lo atrás contenido / e
ynbyen los dichos carros con aperzibimiento que sy no lo / yzieren
sy los costes se causaren seran por su quenta / dellos y no deste
ayuntamiento y pydieron al dicho / Juan Garzia de Luazes de un tanto
de la dicha comysion //
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