El primer sitio de Oran, 1556, respuesta de Mondoñedo
En
1551 tras la captura de definitiva de Trípoli último bastión de los caballeros
de Malta en Berberia, por el almirante turco Turgut Reis y la caída de Bugía en
1555 ante el gobernador de Argelia Salih Reis las ciudades de Oran y
Mazalquivir se mantuvieron como únicos bastiones cristianos en la antigua
Tierra Santa junto con la isla de Goleta, En 1556 una flota de 50 galeras
capitaneadas por el renegado Hasan Corso sitió durante semanas ambas ciudades
hasta que el sultán Soliman el Magnífico ordenó la retirada del cerco para
disponer sus galeras en el Mediterráneo oriental. Ambas ciudades permanecerían
en manos españolas en paz hasta el 1562 cuando el Hasán Bajá gobernador de
Argelia renovará esfuerzos para unirlas a territorio argelino. En todo caso la
solución al famoso sitio de Oran será carga del rey don Felipe, pero en 1556 ya
su padre Don Carlos había intentado costear una armada para recuperar estas
ciudades que se consideraban estratégicas para el control del Mediterráneo. A
Mondoñedo llegan noticias de su intención
el 17 de febrero de 1556 donde se recibe una carta provisión real
librada de manos del gobernador general del reino de Galicia pidiendo que cada
provincia y cada ciudad ayudase en tal empresa como mejor pudiese, sin esperar reembolso
ni gratificación económica, tal provisión es esta que sigue.
En la çibdad de Mondoñedo dentro de
las casas de consistorio de la dicha çibdad / a diez e siete dias del mes de
febrero de mill e quinientos e çinco / enta e seis años estando en consistorio
los magnificos señores / liçençiado Alarcon alcalde mayor Fernan Dares alcalde
hordinario Pero / Fernandez Thomas, Juan Lopez de Prabeo, Luis de Luazes / el
liçençiado Salgado regidores de la dicha çibdad Juan Lopez da Rocha procurador
/ general della fue presentada una probision e una car / ta misiba çerrada e
firmada del muy ilustre señor conde de / Nieba gobernador deste reino de
Galiçia e la dicha probision confirmada / asi mesmo de los dichos señores
oydores su thenor de la / qual es este que se sigue /
Yo don Diego Lopez de Çuñiga y de
Belasco conde de Nieba ddel conçejo de su magestad / e su gobernador e capitan
general en este reino de Galiçia e nos los del conçejo de su magestad oy /
dores de su real audiençia e sus alcaldes mayores en este dicho / reino azemos
saver a bos el conçejo justiçis e regimiento de la çibdad / de Mondoñedo que su
magestad visto el dano que tan (a) ynfieles enemigos / de nuestra santa fee
cada dia hazen e procuran en los subditos e / naturales destos reynos e sus
aziendas e el atrebimiento que an tomado / e cada dia toman despues de averse
apoderado en la fuerça de Bugia / queriendo prober en el remedio dello a
hordenado no solamente que se / procure la recuperaçion de Bugia que tan
ynportante a la defen / sa de sus reynos e señorios pero tanbien de azer
ynpresa de / Argel y socorrer a Oran y Mazal Quibir y como lo suso dicho sea /
en conserbaçion de sus reynos e señorios y bien de sus suditos / e basallos y
defensa de nuestra santa fee theniendo entendido que bien / sabeys los grandes
gastos que se an causado con las guerras que / de presente ay con los dichos
turcos y con el rey de Françia confya / queste reyno y las çibdades villas e
lugares del le / sirbireys e ayudareys con lo que buenamente sea posible para /
tan santa jornada e sin premia alguna con el animo e bo / luntad que tan leales
vasallos como vosotros sienpre / lo abeys hecho en los casos que se an ofreçido
espeçialmente en cosa / que tanto ynporta e toca a la religion de la qual por
sien / pre por vuestra carta (parte) a seydo muy ynparada e defendida e ansi /
por la neçasidad que ay del (del) dicho socorro como por la ber / vedad que ay
del tienpo a hordenando se vos aga saber con to / da la diligençia por que
vuestros mandamientos que luego que esta / rezibays vos junteys en vuestro
cabildo e ajuntamiento e ansi / juntos vos encargamos trateys en lo suso dicho
que hes lo que / esa dicha çibdad e su jurisdiçion podria servir ansi en
dineros como en / vastimientos de carnes e otras cosas neçesarias que aya en
este reino para la armada // a son jeme pagada y que tanto se podra
estener, presupuesto que no que no / a
de ser por bia de repartimiento sino sino de vuestra voluntad e con lo que
sobre lo suso / dicho tratardes y acordardes desde servir e socorrer vos mandamos
que para beinte sinco / dias deste mes de hebrero primero seguiente envieis
ante nos una persona de vuestro ayuntamiento / que junto con los otros vezinos
de los pueblos deste reino que para esto son lla / mados se les digamos
particularmente lo que sobre esto su magestad encarga general / mente este
reino e particularmente a los pueblos de pira e theniendo enten / dido lo uno y
lo otro otorguen de servir a su magestad con lo que justa y onestamente sea /
posible y como requyere para tan santa e neçesaria jornada y otrosi por / esta
nuestra carta encargamos y mandamos al alcalde mayor e justiçia desa dicha /
çibdad que luego que esta resçiba aga juntar los vesinos de las felegresias de
la / dicha jurisdiçion e trate con ellos y les proponga lo en esta carta /
contenido y eliga y deputen entre ellos una persona religiosa / e debota que
junte los vezinos de cada una de las dichas felegresias / en su conçejo para
que alli les proponga el yntento de su magestad y les co / mine a que ofrezcan
de su boluntad todo lo que mas ser / presupuesta la dicha nesçesidad y todo con
mucha brebedad con darles / a entender que para veynte de março a de estar
presta la armada e junto lo / que para ello se diere dada en Santiago a dos
dias del mes de hebrero de mill e / quinientos e çinquanta e seis años el conde
de Nieba el liçençiado Colmenares de Soto / el liçençiado Santillana por
mandado de su señoria y los dichos señores Gomez Albarez /
La qual dicha carta misiba se abrio
e se leyo juntamente con la dicha / probision e vista por los dichos señores
justiçia e regidores / dixeron que obedesçian la dicha probision con la
reverençia e acata / miento que devian y quanto al cunplimiento della dixeron
que / ellos en el zelo e voluntad que tenian al serviçio de su magestad / estaban
prestos con deligençia entender en lo que su señoria por la dicha / probision
los mandaba y enbiar persona de su consistorio / a entender sobre lo contenido
en la dicha probision e mandaron que mañana / llamasen los vezinos de la çiudad
a conçejo publico para que / les hiziesen saber todo lo suso dicho y se fiziese
y efectuase / lo contenido en la dicha probision e asi lo mandaron apregonar
por las / calles publicas desta çibdad / lo qual se pregono publicamente en la
dicha çiudad por boz de pre(gonero)
Como resultado a esta petición, el
consistorio reúne a diferentes representantes tanto de la ciudad como de la
jurisdicción, y de todas clases, oficiales, labradores, pescadores, ganaderos,
etc. La respuesta de los vecinos de Mondoñedo es especialmente llamativa por su
contenido y por ser hasta cierto punto reflejo de una realidad cotidiana en los
reinos de la península desgastados y sangrados por las constantes campañas
bélicas de los austrias, tanto de territorio como de religión. Esta es pues la
parte que me complazco en presentar, devolviendo e hasta cierto punto la voz a
nuestros vecinos de hace cinco siglos.
En la çibdad de Mondoñedo a diez y nuebe
dias del / dicho mes de hebrero del dicho año de mill e quinientos / e
çincoenta e seis años estando en las casas de / consistorio de la dicha çibdad
ayuntados / por son de canpana tañida como an e tienen de cosn / tunbre los
magnificos señorees liçençiado Alarcon alcalde / mayor en la dicha çibdad por
su señoria Pero Fernandez Thomas, Juan / (hay una linea superpuesta quemada) /
Lopez de Prabeo, Juan Abad, el liçençiado Salgado, Luis / de Luazes regidores
en la dicha çibdad Juan Lopez procurador general los / dichos señores tornaron
a referir lo contenido atras / çerca de la dicha probision a algunos vezinos de
/ la dicha çibdad questavan presentes para para que si qui / sieren dar y
servir con alguna cosa para / para la dicha xornada los quales dixeron / que
todo lo que tienen es a serbiçio de su magestad / personas bidas y aziendas y
quanto al conplimiento de lo que / se les pide en el como esta fatiga / do y la
tierra y (esta carra ansi) con serviçios / y repartimientos de armas y bulas y
por la / mucha esterilidad y caristya destos años / espeçialmente del presente
estaban fatigados / y tales que con gran trabajo se / sostenian pero que
todavia que si su magestad // hera servido estaban prestes de servir a su /
magestad con sus personas y aziendas quando / por su magestad les fuere mandado
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