Personajes del Mondoñedo renacentista, el primer portero de consistorio, Juan de Cedofeita
Juan de Cedofeita es uno de los
personajes más recurrentes en el transcurso de los primeros años que tenemos
recogidos en los más antiguos libros de consistorio de nuestra ciudad. No como
personaje ilustre, adinerado noble o cargo del regimiento, pero sí como
omnipresente figura en la vida civil del Mondoñedo de estos años centrales del
S. XVI. Entra como postor para ocuparse de la alhóndiga y los oficios que lleva
parejos en 1551 a
la edad de 44 años según podemos deducir de la investigación del pan de 1557
donde presta testimonio como testigo. Su
trabajo consistiría en atender la alhóndiga, pesos y medidas para el mercado,
controlar las penas que se les impondrían a los molineros que no pagasen el
cargo por moler en los molinos del obispo, control del que se encargaba la
ciudad, cobrar el portazgo y ejercer de portero de consistorio. Como portero
presta juramento independiente pues su labor no es solo tañer la campana para
llamar a concejo si no controlar que no pasasen armas al interior de la sala
capitular dispuesta en el piso alto de la alhóndiga y contar los asistentes
para que luego el procurador general pudiera aplicar las penas correspondientes
a los que se ausentasen sin motivo. Durante amenos 20 años aparece como testigo
en casi todos los instrumentos que se libraban en el propio consistorio y
testifica en diferentes causas en las que la ciudad se ve envuelta.
En la siguiente
entrada de 1558 podemos ver cuales eran sus cometidos y el importe que pagaba
para realizarlos, el sistema de contratos que se estilaba en este momento era
de concurso, el oficio salía a subasta y el postor debía calcular cuanto pujar
dependiendo cuanto dinero podría luego obtener del desempeño de su trabajo. Sin
embargo, como vemos, el oficio de portero lo cobraba a parte. De su persona
poco más podemos contar, desaparece paulatinamente a partir de 1570, por lo que
podemos calcular que muere a la edad de, más o menos, ochenta años.
2/II/1558
Çedofeyta puso la
casa de la alfondiga / con los derechos de pesos e toledanos por seys años / en
diez e seis ducados cada año como la tubo el año // pasado e con las mesmas
condiçiones e con poder / para executar las penas de los molinos e no pareçio /
quien los pusiese en preçio mas atento lo qual / los dichos señores justiçia e
regidores le re / mataron por los dichos seis años la dicha casa de / la
alfondiga e peso e medidas e por / tazgos e dineros dellas como las llebo el /
año pasado e poder en forma para executar / los molineros conforme a la
ordenança desta / çibdad en preçio de los dichos diez e seis ducados cada año /
e luego le señalaron dos ducados de salario / en cada uno de los dichos dos
(seis) años por que sea por / tero de consistorio e llame los ofiçiales de
conçejo / e haga tañer e todas las demas deligençias e / luego le mandaron que
diese / fianças bastantes el qual lo açebpto e quedo de / dar las dichas
fianças /
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