Maestre Juan, atabalero y entallador. Vecindad en 1559
La aceptación de un vecino nuevo traía siempre aparejadas ciertas obligaciones para con el nuevo morador de la ciudad y también para el mismo con esta. Muchos eran los privilegios que ganaba el nievo ciudadano al conseguir su residencia, esta debía ser aprobada en consistorio así muchos pasaban largo tiempo residiendo en la ciudad antes de conseguir que se les diese vecindad. Normalmente los requisitos para ser vecino se ceñían a pagar los impuestos propios de tal que acostumbraban a ser los repartimientos de alcabalas y algún que otro repartimiento puntual para obras públicas, la obligación de residir amenos 10 años en de manera continuada y en algunos casos también ejercer su oficio, fuera cual fuese solo en la ciudad y no fuera de ella. En algunos casos el regimiento buscaba ciertos vecinos por sus cualidades como oficiales de los que carecía la ciudad y en estos casos no era raro que se les agasajase con vivienda, salario, monopolio para ejercer su oficio e