Maestre Juan, atabalero y entallador. Vecindad en 1559
La aceptación de un vecino nuevo traía siempre
aparejadas ciertas obligaciones para con el nuevo morador de la ciudad y también
para el mismo con esta. Muchos eran los privilegios que ganaba el nievo
ciudadano al conseguir su residencia, esta debía ser aprobada en consistorio así
muchos pasaban largo tiempo residiendo en la ciudad antes de conseguir que se
les diese vecindad. Normalmente los requisitos para ser vecino se ceñían a
pagar los impuestos propios de tal que acostumbraban a ser los repartimientos
de alcabalas y algún que otro repartimiento puntual para obras públicas, la
obligación de residir amenos 10 años en de manera continuada y en algunos casos
también ejercer su oficio, fuera cual fuese solo en la ciudad y no fuera de
ella. En algunos casos el regimiento buscaba ciertos vecinos por sus cualidades
como oficiales de los que carecía la ciudad y en estos casos no era raro que se
les agasajase con vivienda, salario, monopolio para ejercer su oficio e incluso
exención de alcabalas, era una manera de atraer a profesionales cualificados
que finalmente haría más atractivo para otros posibles futuros vecinos el
traslados de sus intereses a nuestra ciudad.
En
algunos casos particulares, si el oficio del nuevo vecino ya estaba cubierto en
la ciudad y no se juzgaba apropiado pedirle ningún estipendio extra para entrar
a residir en ella, se les requería alguna ayuda pequeña para el buen
funcionamiento de la república, normalmente alguna pequeña obra relacionada con
su labor, en este caso, a maestre Juan, que como se nos indica era tallista, se
le pide que toque los atabales o tambores cuando fuese requerido.
Este dia entro por vezino
desta çiudad maestre Juan entallador y se obligo de rre / sidir en la çiudad
diez años conforme a las hordenanças della y lo resçe / vieron por vezino los
dicho señores con que maestre Juan taña en cada un año / los atanbores en la
çiudad las vezes que fuere nesçesario y le / fuere mandado por los dichos
señores y ansy se obligo en forma que lo cunpliria /
Comentarios
Publicar un comentario