Control de salida de pesca de la jurisdicción. 1558
El
trasiego de pescado siempre ha sido un preocupación importante en el
Mondoñedo renacentista, precisamente en un momento que se pretenden
consolidar todas las infraestructuras urbanas de la ciudad donde una
de ellas, y puede que de las mas importantes, fuese el abastecimiento
corriente de alimentos. Asi el primer libro de consistorio que
conservamos y que, con un poco de suerte, estará a disposición de
todos en una transcripción comentada en no mucho tiempo, dedica casi
todas sus entradas al mantenimiento de las reservas de vino, pan,
carnes, pescados, especias, etc. Bien es cierto que el pescado no es
el principal dolor de cabeza de los regidores del dieciséis, la
ciudad se levantaba cerca de una reserva inagotable de este alimento,
el mar. aun así se controla desde muy temprano la pesca en río como
podemos ver en esta entrada de 1556 "los
dichos señores justiçia e regimiento mandaron que ninguna persona
mate truechas ni suras con ningun hartefizio ni manera de pescar en
el rio da Bria ni en todos los mas deste obispado y provinçia desde
oy dicho dia que son diez y ocho de novienbre asta en todo henero
primero que biene e dende alli en adelante para los años venideros
en los meses de nobienbre e dezienbre y henero que son tres meses del
año heçeto con liçençia del señor alcalde mayor juntamente con
un regidor o de justiçia e regimiento juntamente so la pena
contenida en la prematica entiendase qie no puedan caçar con vara
ni red ni nasa ni
con otro ningun aparejo en los dichos meses señalados que son los en
que se aze gran dano e perjuizio "
Como
se puede ver se establece un calendario de pesca regido por la desova
similar al que aún se maneja hoy en día a la par de recalcar el
perjuicio que causa el uso de ciertas artes de pesca "masiva"
que han estado en vigencia hasta no hace mucho, como la red, la nasa
o las trampas estáticas como la vara, términos todos, bien seguro
conocidos para cualquier guarda ríos en activo, pues la picaresca,
aunque perseguida, no está extinta ni mucho menos.
Por
lo que respecta la pesca marina no nos encontramos con problemas
serios de abastecimiento hasta la llegada de las pestes a finales de
siglo, cuando los pescadores de costa evitan entrar en la ciudad por
miedo a contagiarse, incluso debemos recordar que el consistorio
juzgaba la venta y trasiego de pescado de costa de tal interés para
la ciudad que había destinado una de las partes mas significativas
del espacio mercantil de la ciudad para su almacenaje, custodia y
venta, la propia alhóndiga de granos y bajo de las salas de
ayuntamiento.
Aún
así nos encontramos con casos, como el siguiente, donde los
pescadores prefieren sacar de la comarca el producto de su pesca para
andar el camino inverso del pimentón, surtiendo a Castilla que
pagaba mucho mejor este producto, para ellos de lujo. La ciudad
ejerce en estos casos su derecho de veto, incautando las partidas que
no saliesen con la debida licencia, de su jurisdicción. Adelante
podemos leer un caso de principios de 1558 donde además se pacta con
el mercader para que ambas partes queden contentas, el texto es
perfectamente inteligible y no tiene desperdicio:
"Este
dia los dichos señores justiçia e regidores secuestraron en Sueyro
doze çestas de sardinas encostaladas e por encostalar e
que no las
de ni dexe llebar a persona alguna sin su liçençia e mandamiento so
pena de la pagar con el doblo
Juan
Bernales dixo que la sardina es suya e que la quiere llebar a
Castlla a benderla por que a menester los dineros e que apelaba
ante los señores governador e oydores e que ellos le dan a xxiii
reales al millar e que la quieren dar a la çibdad tanto por tanto e
quityar un ducado e que lo que pide por esto que le den sus dyneros
luego
Juan
Bernanles dixo que dexara e dara a la çibdad quinze millares de
sardinas a los xxiii ducados que se la paguen de contado e quitara
el dinero con esto se le alça el secuestro "
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