Control de salida de pesca de la jurisdicción. 1558



El trasiego de pescado siempre ha sido un preocupación importante en el Mondoñedo renacentista, precisamente en un momento que se pretenden consolidar todas las infraestructuras urbanas de la ciudad donde una de ellas, y puede que de las mas importantes, fuese el abastecimiento corriente de alimentos. Asi el primer libro de consistorio que conservamos y que, con un poco de suerte, estará a disposición de todos en una transcripción comentada en no mucho tiempo, dedica casi todas sus entradas al mantenimiento de las reservas de vino, pan, carnes, pescados, especias, etc. Bien es cierto que el pescado no es el principal dolor de cabeza de los regidores del dieciséis, la ciudad se levantaba cerca de una reserva inagotable de este alimento, el mar. aun así se controla desde muy temprano la pesca en río como podemos ver en esta entrada de 1556 "los dichos señores justiçia e regimiento mandaron que ninguna persona mate truechas ni suras con ningun hartefizio ni manera de pescar en el rio da Bria ni en todos los mas deste obispado y provinçia desde oy dicho dia que son diez y ocho de novienbre asta en todo henero primero que biene e dende alli en adelante para los años venideros en los meses de nobienbre e dezienbre y henero que son tres meses del año heçeto con liçençia del señor alcalde mayor juntamente con un regidor o de justiçia e regimiento juntamente so la pena contenida en la prematica entiendase qie no puedan caçar con vara ni red ni nasa ni con otro ningun aparejo en los dichos meses señalados que son los en que se aze gran dano e perjuizio "
Como se puede ver se establece un calendario de pesca regido por la desova similar al que aún se maneja hoy en día a la par de recalcar el perjuicio que causa el uso de ciertas artes de pesca "masiva" que han estado en vigencia hasta no hace mucho, como la red, la nasa o las trampas estáticas como la vara, términos todos, bien seguro conocidos para cualquier guarda ríos en activo, pues la picaresca, aunque perseguida, no está extinta ni mucho menos.
Por lo que respecta la pesca marina no nos encontramos con problemas serios de abastecimiento hasta la llegada de las pestes a finales de siglo, cuando los pescadores de costa evitan entrar en la ciudad por miedo a contagiarse, incluso debemos recordar que el consistorio juzgaba la venta y trasiego de pescado de costa de tal interés para la ciudad que había destinado una de las partes mas significativas del espacio mercantil de la ciudad para su almacenaje, custodia y venta, la propia alhóndiga de granos y bajo de las salas de ayuntamiento.
Aún así nos encontramos con casos, como el siguiente, donde los pescadores prefieren sacar de la comarca el producto de su pesca para andar el camino inverso del pimentón, surtiendo a Castilla que pagaba mucho mejor este producto, para ellos de lujo. La ciudad ejerce en estos casos su derecho de veto, incautando las partidas que no saliesen con la debida licencia, de su jurisdicción. Adelante podemos leer un caso de principios de 1558 donde además se pacta con el mercader para que ambas partes queden contentas, el texto es perfectamente inteligible y no tiene desperdicio: "Este dia los dichos señores justiçia e regidores secuestraron en Sueyro doze çestas de sardinas encostaladas e por encostalar e que no las de ni dexe llebar a persona alguna sin su liçençia e mandamiento so pena de la pagar con el doblo
Juan Bernales dixo que la sardina es suya e que la quiere llebar a Castlla a benderla por que a menester los dineros e que apelaba ante los señores governador e oydores e que ellos le dan a xxiii reales al millar e que la quieren dar a la çibdad tanto por tanto e quityar un ducado e que lo que pide por esto que le den sus dyneros luego
Juan Bernanles dixo que dexara e dara a la çibdad quinze millares de sardinas a los xxiii ducados que se la paguen de contado e quitara el dinero con esto se le alça el secuestro "

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