Procesos de expropiación, un caso de mediados del S. XVI
Aún es polémica
cada decisión que lleva a que el estado se haga por medios ejecutivos con una
propiedad privada, lo que comúnmente llamamos expropiar, sobre todo cuando nos
referimos a inmuebles, más está técnica de penalización al propietario no es ni
mucho menos práctica moderna. En su momento se llevaba a cabo con cierta
regularidad para penalizar el impago de impuestos o la falta de atención de
ciertos mandatos municipales que incumbían al bien común de la ciudad. Ante todo,
debemos tener en cuenta que la ciudad bajo medieval y renacentista seguía en su
funcionamiento un sistema tremendamente cercano al capitalismo más puro actual,
absolutamente todos los servicios estaban privatizados saliendo a concurso o
subasta anualmente, solo en casos excepcionales el concejo pagaba por disponer
de un servicio público, y si lo hacía era porque la subasta había quedado
desierta y este debía adjudicarse en fieldad y siempre por el tiempo más corto
posible. Cada adjudicatario de cada servicio debía pagar al regimiento por
monopolizarlo y por lo tanto debía calcular cuánto podría obtener con su trabajo para que obtuviese beneficios.
El
ejemplo siguiente, registrado en una de las partes más deterioradas de uno de
nuestros libros de consistorio del ano de 1559 de ahí los múltiples espacios vacíos
que vemos en su transcripción, nos muestra cómo el regimiento retiene y pone en
venta una casa cuyo propietario había sido ya requerido a reparar parte de los
muros de la misma que servían de contención de tierras por el perjuicio que
esta circunstancia causaba en la ciudad al arrastrarse lodos en las temporadas
de lluvias.
Los
dichos señores dixeron que por quanto abia sido notificado y mandado a Pero Fernandez çerrajero françes
que hiziese e adereçase la pared questa junto de su casa que testa en la calle en que al presente vibe por los abugeros
della y no lo abia hecho diziendo que tenia pago el alquiler de la dicha casa
adelantado por dos o tres años
(+-2) la casa de (+-2) çerrajero
(+-2) que se a de (+-1)
Los dichos mandaron que la dicha casa
se secuestre y se çite el dueño della
para que se venda a pedimiento de la çibdad e conçejo y se aga la pared a su costa de la
dicha casa y se (aga) de manera que no salga mas que la casa y que de la (+-2) y libremente como convyene para los caminantes
y gente de a pie de caballo y cada bez (cae) y se vyene la tierra al camino y por ello se (aze
lodo) y lama y mandaban que los alcaldes
hordinarios (+-2) cada uno dellos hagan lo suso dicho y
entiendan (+-2)/
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