Elección de regidor perpetuo. 1553
El proceso de elección de cargos en el cabildo municipal dependía por lo regular de una aprobación final del señor natural de la ciudad, el obispo, sólo en raras excepciones la decisión se dejaba en manos únicamente de los miembros del consistorio y los ciudadanos vecinos de Mondoñedo, lo habitual es que fuese obligación del regimiento presentar un par de candidatos de entre los cuales el obispo o quien su poder hubiese, elegía uno y le libraba título. Este es un ejemplo, trataremos de recogerlos todos, cada uno con su proceso transcrito, en este caso será el de un regidor perpetuo que se elige por muerte del anterior o por renuncia.
Al ser estos cargos a perpetuidad o por la vida del tenedor, no son procesos habituales, este será el primero completo del que tenemos registro, por muerte de Ares de Castroberde.
Como vemos el cabildo municipal se reúne a los pocos días de quedar bacante la plaza, pues la defunción de Ares de Castroberde se data en los primeros días del mes de diciembre de 1553, en ese cabildo cada regidor presenta sus dos candidatos preferidos, los que más votos conseguían se presentaban ante el obispo que elegía uno de ellos.
<26-12-1553>
Electión del regimiento que baco por muerte de Gómez Ares de Castroberde
Dentro de la claustra de la iglesia cathedral de Nuestra Señora de la çiudad de Mondoñedo, a veinte y seis días del mes de dizienbre de myll e quinientos e çincoenta e tres años en presençia de mi Fernán Rodrigues de Luazes, escrivano de consistorio, los muy nobles señores Pero Fernández Thomás, Juan López de Prábeo, Juan Abad, Luis de Luazes, el liçenciado Gregorío Salgado, regidores de la dicha çiudad, los dichos señores regidores dixeron que por quanto al presente esta baco un regimiento desta çiudad por fin e obito de Gómez Ares de Castroberde regidor que fue y a ellos les pertenesçía de derecho e costumbre de todas las bezes que acaesçia bacar algun regimiento, de nonbrar dos personas para que su señoría o quyen su poder obiese eligiese uno de los tales nonbrados por ellos, por ende que ellos usando dello conforme a derecho e su posesión e costumbre nonbraban y nonbraron el dicho Pero Fernándes Thomás, como primero boto, nonbró a Sebastián Basques vesino desta çiudad e Ares Gonçales escrivano, el dicho Juan López de Prábeo nonbró al dicho Sebastián Basques y Fernán Cao, su sobrino, el dicho Juan Abad nonbró al dicho Sebastián Basques y Fernán Cao, el dicho Luis de Luazes nonbró al dicho Pero Ares Gonçales e al dicho Sebastián Bazquez, el dicho liçenciado Salgado, nonbró al dicho Sebastián Bazquez e al dicho Fernán Cao e suplicaron a su señoría del reverendisimo señor obispo de Mondoñedo mande hazer y librar el título del dicho regimiento a uno de los dos qual fuere servido en testimonio de lo qual los dichos señores regidores lo firmaron de sus nonbres.
Presentado el título que había librado para el nuevo regidor el señor obispo, este debía jurar los privilegios de la ciudad y luego era llevado a la mesa de consistorio para que ocupase el lugar de su antecesor.
<29-12-1553>
Título e posesión del regimiento de Sebastián Bazquez
En la çiudad de Mondoñedo, a veynte e nueve días del mes de deziembre de mill e quinientos e çincoenta y tres años, estando dentro de las casas de consistorio de la çiudad en su ayuntamiento y consistorio según que lo an de costumbre los magnificos señores lizenziado Salgado, alcalde mayor, Juan de Luazes e Fernán Rodrigues, alcaldes hordinaríos, Pero Fernández Thomás, Juan Abad, Luis de Luazes, regidores, Fernán Dares procurador general della y en presençia de my el escrivano e testigos de yuso escritos paresçió presente Sebastián Bazquez, vesino desta çiudad, e presentó ante los dichos señores justiçia e regidores una provisión e título a el fecho, según por ella paresçia, del regimiento que baço por fin e muerte de Gómez Ares de Castroberde, regidor que fue desta dicha çiudad que aya gloria, firmado del muy yllustrisimo y reverendisimo señor don Francisco de SanctaMaría obispo y señor desta çiudad e obispado e refrendada de Fernándo de Santiso escribano, e pidió a los dichos señores justiçia e regidores {le}resçibiesen en el dicho offiçio y regimiento y le diesen la posesión del, al thenor del dicho título e questava presto de hazer las deligençias que hera obligado, el traslado del qual dicho título es este que se sigue.
Don Francisco de SanctaMaría por la miseraçion dibina y de la sancta iglesia de Roma obispo de Mondoñedo, del conçejo de su magestad, por quanto al presente baçó y esta baçante uno de los seys regimientos desta nuestra çibdad de Mondoñedo por obitu, fin y muerte de Gómez Ares de Castroberde último e ynmedíato posedor que del dicho regimiento fue, acatando la avilidad y sufiçiençia e yntegridad, rectitud de conçiençia de vos Sebastián Bazquez y que tendreis zelo del bien publico, atento la nominaçion de los regidores de la dicha çiudad y lo questa determinado en derecho y {por} costumbre ynmemorial prescrita e usada en que los perlados desta iglesia an estado e nos estamos y conforme a ella o como mejor de derecho a lugar, vos probeemos y hazemos merçed del dicho regimiento así por la dicha bacante como en otra qual quiera manera y vos enbistimos en el e mandamos que, so pena de dos años de destierro e de diez mill maravedís para reparos de los muros desta dicha nuestra çiudad, la justiçia y regidores della vos den y pongan en la thenençia y posesión del dicho regimiento y os señalen lugar y guarden las exençiones que se suelen guardar a los otros regidores haziendo con vos todos aquellos autos y cosas que se suelen y acostumbran hazer, e resçiban el juramento y solenidad según costumbres, y puesto e apoderado en la dicha posesión ningúna persona vos perturbe ny moleste en el dicho offiçio de regimiento atento las causas sobre dichas e {que concurren} en vos el dicho Sebastián Bazquez todas las otras calidades que se requieren en testimonio de lo qual mandamos dar y damos la presente carta de título, escogimiento y eleçión, firmada de nuestro nombre y sellada con nuestro sello y refrendada del ynfra escrito escribano en la nuestra çiudad de Mondoñedo a veinte y ocho días del mes de diziembre de mill y quinientos y çinquenta y tres años estando presentes por testigos el liçençiado Brizuela, provisor y Juan de Orduña e Luis de Teran y Gaspar de Olibera, nuestros famyliares. Frai Franciaco de SantaMaría, por mandado de su yllustre señoría, Fernado de Sanctiso escribano.
Vysto el dicho título por los dichos señores justiçia e regidores, dixeron que obedesçían y obedesçieron la dicha probisión y título y lo que por ella su señoría les mandava e cunpliendo y efectuando lo que les hera mandado, thomaron juramento en forma de derecho por Dios nuestro señor sobre la señal de la cruz, de dicho Sebastián Bazquez, so cargo del qual dixo quel usaría bien e fielmente del dicho offiçio de regidor de que hera probeido por su señoría por nombramiento de los dichos señores regidores y en todo myraria el serviçio de Dios nuestro señor e de su magestad e de su señoría y el bien, pro e utilidad desta dicha çiudad e república y guardaría y sería en fabor e ayuda que se guardasen sus pribilegios e costumbres e haría todo lo demás que vuen regidor por razón de su offiçio es obligado a hazer i guardar e complir, e haziendo lo contrarío dios nuestro señor se lo demandase, e dixo si juró e amen, y luego le aseñalaron su lugar e asentamiento en consistorio e le mandaron asentar en el, e desde alli dixeron que le davan e dieron la posesión, real, corporal, autual, vel casi del dicho offiçio e regimiento para que de oy en adelante lo usase e poseyese según e de la manera quel dicho Gómez Ares de Castroberde su antesçesor lo avía hecho, y el dicho Sebastián Bazquez se dio por puesto e apoderado en la dicha posesión e lo pidió por escrito. Testigos que fueron presentes: Rodrigo Díaz de Aguiar, raçionero y Françisco de Çamora, portero de consitorío.
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