NOTAS DEL MONDOÑEDO RENACENTISTA. Puente sobre el Rio Brea (Valiñadares) en el lugar de Veiga de Brea (San Lázaro)
Puente de San Lázaro
En este caso al hablar del contrato
para la edificación del puente de piedra situado en la Veiga de Brea debemos
acudir y reclamar el conocimiento de los mindonienses mas ancianos o de
cualquiera que nos pueda ayudar en la cuita de reconocer el lugar a que se
refiere esta completa e interesante entrada. De momento, y siempre pendientes
de nuevas informaciones , por nuestra parte nos decantamos por considerar que
este sería el primitivo puente que cruza el Valiñadares en el lugar barrio de
San Lázaro, sustituido en el siglo XVIII por el monumental de dos luces y
escudos de armas que conservamos actualmente.
El contrato no deja lugar a dudas, se
hace para reponer el viejo puente de madera, animado el regimiento por el buen
resultado que había traído el de Ruzos recién construido. Se aprovecha el
verano, entre los meses de mayo a agosto, para contratar y terminar esta obra y
el calzado de las partes mas dañadas del camino que por este entorno pasaba,
para lo que se recurre a la ya habitual prestación pública tanto en dineros
como en trabajo.
La obra sale a concurso público, aunque
se la lleva por la diferencia de un ducado el equipo que había trabajado en el
de Ruzos, es decir Artiaga el nuevo y Martín de Río. La saga de los Artiaga,
canteros vizcaínos de cierto renombre en
toda la provincia junto con sus compañeros oficiales igualmente vascos llevaba
ya mas de medio siglo encargándose de la mayoría de las obras importantes de la
ciudad, primero Pedro de Artiaga que se había iniciado calzando calles y había terminado
su carrera con la obra más importante del siglo para la república mindoniense,
el consistorio nuevo; y luego Francisco de Artiaga que había tomado el relevo
de su antecesor y terminado el consistorio, junto con multitud de obras
menores; con todo este bagaje a sus espaldas el equipo vizcaíno demostrara
ampliamente su capacidad para acometer obras y llevarlas rápido a buen término.
Probablemente por eso fue escogido ante su competidor por un margen apenas
testimonial.
En el contrato se aclara que el puente
nuevo debía levantarse a imagen del de Ruzos, de piedra pizarra cal y argamasa,
con buenos poyos o antepechos de una vara de altura y bien cimentada, pues se
apunta como las cepas de piedra de los anteriores puentes de madera sufrían a
menudo cuando el río crecía de caudal por su cimentación endeble.
Este puente se terminará en tiempo
record, iniciadas las obras en mayo de 1593, estará listo en 19 de julio de
este mismo año.
En esta entrada incluimos igualmente
ciertos repasos en el camino de San Roque, probablemente toda la entrada de
Castilla por los Muiños de la que ya habíamos tratado por el detallado
callejero que ofrecía en una entrada anterior.
11-V-1593
Visto por la dicha justizia e regimiento
la mucha nesçesidad que avia y se siguia
de que se hi / ziese una puente de piedra en el rio de la Veyga do Brea
por ser camino real y in / chir en el ynvierno demasiado el rio y no poder
pasarse con la mucho agua / y seguirse perjuizios a los caminantes y personas
que acostumbran pasar como se avia / vysto muchas vezes y quel rio llevaba
muchas vezes la puente que ally se / azia de madera como al presente la avia
desecho e llevado los pilares / que alli estaban echos de piedra por ende que
acordaron se hiziese toda / ella de piedra pizarra y cal y argamasa según e
como estaba echa y edificada / la puente de Ruzos en el mesmo rio y del mesmo
anchor bien çimentada / y con sus antepechos bien puestos e de una bara de
altor sobre la puente / con sus cubiertas de pizarra con sus respaldares a la
parte de riba según como / esta señalado y con la calzada nesçesaria para los
dos malos pasos questan desta parte de la puen / te azia la cortiña del regidor
Pero Gonçales y para ello se ponga çedula para quien quisiese tomar la dicha /
obra parezca a poner la en lo que justo e moderado sea (traslado de) y se
apregone este auto / y señalaron el remate el jueves primero treze del presente
atento es nesçesaria la dicha / obra azerse con brevedad e se les an de dar e
pagados los carretos de piedra cal / e arena / Que por quanto el camino de San
Roque questa mandado açer y es muy nesçesario y atento que no se / podia azer
en el ynvierno acordaron que se hiziese ahora en este berano alli mismo / el
camino de baxo con el de arriba de la casa nueva de Folon asta baxo / y porque
es obra que se puede azer con trabajadores por ahora antes que se aga la calzada
// Acordaron que los vesinos de la çibdad e mas personas que reziben
aprobechamiento del dicho camino acu / diesen cada uno con su xornal y que para
ello se diesen los mandamientos nesçesarios para los çincuenta / ducados que
reçiben este aprobechamiento e reziben e entran y se sirben de hordinario por
el / dicho camino como son los vesinos desta çibdad e Molinos e Relleira
Dambroça des / de Cantala Coruxa (+-2) hasta Lyndin y los de Monte Darca
Argomoso Ba / liña Dares Lindin e Trigas e Santa Maria Mayor y que se comiençe
desde el / lunes que viene adelante y que la primera semana asysta el dicho
alcalde mayor y la segunda / y terçera los alcaldes hordinarios y por esta
horden los regidores por su antigüedad / entiendase quel dicho alcalde mayor
solo a de ver la dicha obra y an de comenzar por sus / tandas los dichos
alcaldes hordinarios e regidores /
14-V-1593
En este consistorio paresçieron
Françisco Dartiaga e Martin Rio canteros e dixeron / que hera venydo a su
notizia averse puesto çedula para el hedifiçio del puente / da Brea y aberse
demas dello apregonado y que Juan Rodrigues cantero la tenia / puesta en
cuarenta e ocho ducados por ende que ellos la ponian en cuarenta / e siete
ducados con remate y atento que ellos heran buenos ofiçiales y quel dicho Juan
Rodrigiues no / hera ofiçial de puentes e ellos la arian con mas presteça e
cuidado la dicha justizia / e regimiento se la remataron en los dichos cuarenta
e siete ducados / cumpliendo con el hefeto de las condiçiones contenidas en el
auto antes deste / que por mi escribano les fue leido los quales lo açetaron
aver hefeto de lo cum / plir y la dicha justizia e regimiento mandaron den
seguridad de que aran la dicha / obra y daran en perfiçion asta primero de
agosto deste año y que los qua / renta e siete ducados se les ayan de pagar los
treinta ducados luego y los diez / e siete al fin de la obra y con esto los
dichos Martin de Rio e Francisco de Ar / tiaga dixeron se oblligaban e
obligaron con sus personas e bienes avidos e por / aber de azer e cumplir todo
lo en este auto y en el antes deste que les fue leydo / sin que falte cosa
alguna al dicho termino e plazo sin mas ser requeridos / so pena que por la
dicha justiçia e regimiento se tome i mande tomar a su costa / personas e
ofiçiales que la agan a costa de los dichos Martin de Rio e Francisco de
Artiaga y que volverán / el dinero que ubieren llebado y no trabaxado con todas
las costas deudas e in / tereses que en razon de todo se recresçiesen…etc
(formulas legales de contrato)
19-VIII-1593
En este consistorio la dicha justizia e
regimiento dixeron que atento que Francisco de / Artiaga e Martin de Rio
canteros avian echo la puente da Brea conforme / avian quedado y demas dello
avian echo la calzada de azia el escoyo / de las heredades de San Lazaro como
con ellos fue contratado fuera del / dicho contrato y se conçerto en çinco
dicados con ellos mandaron se les hiziese / pago con los diez e siete ducados
que de la dicha puente se les restaba debiendo / y lo señalaron /
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