Azotes por ser panadera y no estar casada, los nuevos aires de Trento, 1565



En 1565, apenas las conclusiones del concilio de Trento habían visto la luz, en todo el occidente cristiano la división entre las diferentes facciones cristianas se acentúa cada vez más. España había sido siempre proclive a aplicar la “versión” más integrista del cristianismo romano, pero esta radicalización no se había notado todavía en zonas del extrarradio como Mondoñedo. Realmente identificar comunidades judías o moriscas resulta tarea difícil si no usamos de los datos que nos aporta la arqueología, sobre todo relacionándolas con ciertas importaciones del venidas del sur de la península, realmente apenas aparecen citadas en documentación de época y nunca de manera despectiva. Además las libertades que disfrutaba el género femenino heredadas del bajo medievo, aún no se habían disuelto del todo, y muchas mujeres trabajaban y regentaban oficios tradicionalmente de hombres. Hasta hacía pocos meses la carnicería de Mondoñedo había estado llevada en postura durante varios años consecutivos por Mayor Golpa, para poner un ejemplo.
En esta entrada registraremos el primer concejo en que se decide pedir la creación de un colegio seminario en Mondoñedo, y una particular prohibición, señal de los nuevos aires inquisitoriales que estaban asolando toda nuestra geografía, la prohibición de que las mujeres solteras pudieran ser panaderas, y la obligación a que las muchachas jóvenes se acogiesen pronto a una tutela masculina bajo la pena de cien azotes y el destierro. Malos tiempos que durarían por desgracia demasiado.  


22-X-1565
     

En la çiudad de Mondoñedo a beynte y dos dias del mes de / otubre de mill e quinientos e sesenta e çinco anos estando juntos / en su consistorio por son de campana tañida según lo / tienen de uso e costumbre los muy magnificos señores el bachiller / Juan Rodrigues alcalde mayor de la dicha çiudad y obispado Vasco Lopez de / Cabarcos alcalde hordinario de la dicha çiudad y su conçejo Juan Lo / pez de Prabeo Juan Abad Luis de Luazes Francisco Fernandez de Lua / zes regidores della / En este consistorio los dichos señores trataron y platicaron / entre si que por quanto estaba decretado por el santo conçilio / tredentino que en cabeça de obispado aya un colegio y en es / te obispado ay muchas abadias y prioratos y dignidades / que tiene mucha renta y se puede hazer muy bien que / piden y suplican al santo concilio probinçial aya efeto / azerse aquí y sea proveido que si obiere en lu / gar particular del obispado algun colegio sea anexo / a este y quales quier bienes que fuesen? Mandados / o diputados para el y que en el tal colegio no entren / ni sea admitido ni en la dicha yglesia catedral por / dinidad ni benefiçiado ni colegial ningun cris / tiano nuevamente conbertido ni que tenga traça de ju / dio  ni moro ni confieso y para que esto se pueda / dieron y otorgaron poder en forma al / canonigo Pedro da Pena y a Pedro Maseda y Juan de Luazes / estantes  en Salamanca  mas Francisco Yanes (+-1) e Diego Fernandes e An / dres Fernandes de la Cruz carnicero vesinos de la dicha çiudad /



Petición para iniciar los trámites para la creación de un colegio seminario en Mondoñedo 


20-VII-1564



Mandaron los dichos señores en este consistorio se apre / gone públicamente que ninguna moza que no sea casada o lo / aya seydo sea panadera ni benda ninguna / pan atento que se açen biçiosas so pena de / çien açotes y mandaron que las mozas / no tubieren amo lo tomen dentro de seys / dias o se salgan del pueblo so la dicha pena / de los açotes y lo señalaron
 


Ordenanza para que las mujeres solteras no pudiesen ser panaderas




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