La crisis de 1598, militarización de los abastecimientos
Soldados españoles del S. XVI
El 1598 fue sin duda el año en que se
visualizarían en Mondoñedo todos los problemas que arrastraba la ciudad desde
medidos de siglo, la presión fiscal desmedida, la formación de milicias con el
consiguiente reclutamiento forzoso del que hablaremos en otro artículo, la
carestía de abastecimientos de oferta local, pan, vino, carne etc., y la peste
que merodeaba por los alrededores[1]
llevaría a los vecinos de la ciudad a pasar por una etapa de miseria, con
periodos de hambre inclusive. Por desgracia no podemos aportar cifras exactas
para este año, pero si notas sueltas que nos ayudan a comprender la magnitud de
los problemas que acuciaban a la ciudad episcopal.
Puede que una de las señales de alarma
mas claras sea que es la primera vez en que se requiere la intervención del ejército
para solucionar diferentes contingencias referentes a la jurisdicción, hasta el
momento no se habían militarizado los problemas de casa, por decirlo de algún
modo, ni se había referido el regimiento de la ciudad tan claramente a la
necesidad de enviar soldados para acompañar a los alguaciles en el cumplimiento
de sus obligaciones.
La transcripción que presentamos se
refiere al encargo de comprar pescado que reciben varios obligados en
representación de la ciudad, acompañados de seis soldados y alguaciles para “que les aga llano la entrada” de los
puertos de San Julián y Santiago de Foz. Aunque la comitiva esta encargada de “comparar”
y no requisar el alimento, parece que en estos lugares no había especial
interés en vender a la ciudad excedente alguno del mar.
Por la explicación que acompaña a esta
entrada suponemos que los contados casos de peste que se habían detectado en
Mondoñedo provocaran miedo entre los vecinos de la costa, limitando sus visitas
al mercado para vender su mercancía e incluso negando la entrada en las villas
marineras de a los mindonienses que deseaban pagar por su pesca. En esta
ordenanza se usa del poder del regimiento mindoniense como cabeza de jurisdicción
para obligar a los pescadores mariñanos bajo amenaza de cárcel a vender pescado
a los que fuesen enviados por la ciudad,
pues se asegura que esta estaba “sana
de todo mal contagioso”.
Cuando nos detengamos en estudiar mejor la epidemia de
peste de los 90 de este siglo, veremos que nos es exactamente cierto que Mondoñedo
quedase libre del azote de la enfermedad, incluso se contemplan muertos, el
caso es que no podríamos asegurar con la documentación de que disponemos en la
mano, que los casos de mortandad e incluso las personas que son forzadas e abandonar
sus viviendas para recluirse en el campo de enfermos del barrio de Seibane,
dispuesto a modo de campo de concentración o aislamiento, fuesen víctimas
directas del mal bubónico o simplemente de otras epidemias que acompañaban
entonces a los periodos de carestía y miseria. En su momento lo veremos, aunque
la afirmación de haber quedado por la gracia de Dios libres de enfermedad no
parece del todo acertada, pues incluso se despedirá al médico por no estar
preparado para romper bubones, uno de las prácticas curativas mas comunes del
momento.
15-VIII-1598
Ansy mesmo consyderando la nesçesidad
que ay de pescado en esta çiudad / dende muchos dias a esta partes que no se alla
para persona regalada ny de / otra condiçion sy no hes sardina salada y desta
poca y sos ynforma / dos que en los puertos desta jurisdizion muere mucho
pescado de todo xe / nero y no se trae ninguno a la çiudad por lo qual padesçen
los questan en ella acor / daron y hordenaron que bayan los pescadores que se
allaren en esta / çiudad con un alguazill que les aga llano la entrada de los
dichos puer / tos de San Julian y Santiago de Foz y por su dinero tomen todo el
pescado / que allaren para probysyon de la çiudad y de la xente de guerra que e
/ n ella hesta y en ello sea preferido a los demas que llo hubyeren con / prado
en el mesmo presçio y hordenaron que para llaneza y pro / visión de pyda al
capytan Mexia probea de seys soldados que bayan con ellos / a buscar el dicho
bastymento y azer llana la entrada compra y provisión y en / pediendoselo la
justizia o qualquier persona los traygan presos a la carçel / publica desta
dicha çiudad atento que por la misericordia de Dios esta / dicha çiudad esta
sana de todo mal contagioso y se notifique a la / justizia y personas de los
dichos puertos no empydan la entrada y probysyon / de pescado para esta çiudad
so pena de diez mill maravedis por cada vez que lo contrayzieren / y la
justizia conpela a los pescadores den el dicho pescados so la dicha pena y con
/ aperzebimiento /
[1] La epidemia que asola la
península entre la última década del XVI y las dos primeras del XVII, nos dará
para otro artículo en breve, en este caso las medidas a tomar llegan de mano de
provisiones reales, lo que indica que ya se habían puesto en común diferentes
remedios para contener la enfermedad, de ahí que esta sea una de las últimas
epidemias que conocemos de peste negra causante de daños importantes. De todos
modos a la ciudad de Mondoñedo parece que no afectó especialmente, aunque se
constatarán enfermos y muertos por ella su contagio parece que pudo detenerse
de manera acertada.
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