Las panaderas de Mondoñedo a finales del S. XVI.



         



     Son varias las ocasiones en que se anotan listados de nombres propios de ciudadanos y vecinos de Mondoñedo en los libros de consistorio, además hemos tenido la oportunidad de trascribir y poner en común el padrón del repartimiento de 1582 donde aparecen reflejados los cabezas de familia de toda la ciudad, pero lo que resulta tremendamente complejo es toparnos en esta documentación de la segunda mitad del S. XVI con nombres de mujeres exceptuando a título de propietarias y cada vez menos regularmente. La situación de la mujer había empeorado paulatinamente conforme se asentaba la cultura conservadora y patriarcal propia de la contrarreforma.
         En muchos aspectos el Mondoñedo renacentista que entrevemos gracias a los fondos custodiados en el Archivo Municipal, no difiere en demasía de lo que debió ser el bajo medieval, momento de génesis de la geografía humana urbana, Las ordenanzas a las que se refiere el regimiento y justicia mindoniense en este periodo son de origen medieval sin duda,  aunque por desgracia no conservemos documento alguno para refrendarlo. Sin embargo hay detalles, como el trato a la mujer, que nos recuerdan que no estamos en el S. XV, si no en el austero y gris S. XVI.
         En este año 1598 se habían acentuado el periodo de carestía que empezara con la década, por un lado la carga impositiva aumentaba de la mano de los fracasos militares del imperio, y por otro se había iniciado la última pandemia de peste negra, que conocemos como peste española. Además estos últimos años del S. XVI habían sido especialmente pobres en lo que a agricultura se refiere, se había perdido buena parte de la cosecha de vino y de trigo, y la carne escaseaba.
         La crecida del río Sixto que corría entre la fuente y el muro de la ciudad, es en estos años tan acusada y de tal magnitud que termina por provocar el desplome del parte de la cerca y del colapso de la fuente[1] hasta hacerla impracticable. Probablemente  las oscilaciones climáticas que en estos momentos estaban cerca del punto más frío y húmedo de la que conocemos como pequeña edad de hielo, estaban causando estragos, posiblemente comparables a los que en la década de los setenta del XVIII desbaratarían casi totalmente la parte baja de la ciudad.  
         De este modo en 1598 se encarga la compra de trigo a Asturias y Coruña, cofinanciada esta con fondos estatales. Para el reparto de este trigo y conversión en pan se dispone un sistema de calles, similar al que se utilizaba para reparos en el casco urbano u otros quehaceres propios de la república.
         La entrada en la que se describe el reparto de las anegas de pan conseguido se complementa con un completo listado de las mujeres que se deberían ocupar en convertir la harina en pan.

         En la çiudad de Mondoñedo a quatro dias del mes de / junyo de myll e quinientos e nobenta y ocho años estando dentro de / las casas de consystirio según costumbre el licenciado Santodomingo / alcalde mayor en la dicha çiudad y obispado por su señoria el bachiller Pedro Ma / seda Baamonde regidor (sig) dixeron que por quanto / se abya traydo çierta cantydad de trigo de Ribadeo a esta / çiudad que fueron duçientas anegas aunque dellas se / mermaron según que lo medio y se entrego y esta en poder / de Juan Maseda que byno por horden de su magestad para probysyon / desta çiudad para distribuyçion del qual se mando azer / y bender en pan cozido por calles y barrios y contor / nos cada dya syete anegas en esta forma /
A la calle Nueba asta nuestra Señora de los Remedios a / Juan Mosqueira una anega cada dia /
Y otra anega fistela para la Plaza y parte de la / rua de la Fuente /
Y otra anega para lo restante de la rua de la / fuente y los molynos a Diego Trabesso
Y anega y media a Francisco Perote para çesuras y Çoñan / y Balyño /
Y a Pedro Ares xastre para la rua del Pumar y Relleyra / de Ambroz una anega /
Y al canonigo Amaro Garçia media anega para el cabyldo /
Y a Bartolome de Luazes una anega para la rua de / los Herreros y Cruz da Rua todo conforme a los me / moriales que le fueron entregados /
Los quales an de bender cada libra de pan por beynte / seys maravedis y resçevyr en cada anega sesenta libras / de manera que cada anega trayga cuarenta y seys / reales menos quatro maravedis y con lo que asy cobraren / y bendyeren los dichos nombrados an de acudir cada quatro / dias con el dinero que dello proçediere a Bartolomé Xordo / Francisco Perote y Juan Mosquera,  y a Juan Maseda Syllero / Fystela y Bartolomé de Luazes y a Mateo Lopez an de / acudyr Pero Ares y Trabeso y en lo de Amaro Garzia el / canonigo se a de azer parte dello y asta tanto no se le de / a los quales Bartolome Jordo Juan MasedaMateo Lopez non / braron por tales deposytarios /
Y nombraron por panaderas  atento que ay algu / nas sospechosas para Francisco Perote su muger e su yja y les / ayude la Paloma y Catalina Lopez Castaña /
Para Mosquera Maria de Baamonde y la muger // de Alonso Gomez y la muger de Nycolas pescador /
Para el Canonigo Amaro Garçia Ynes do Rio panadera /
A Fistela su muger e su yja y la muger de Alonso de de Dia /
A Diego Trabesso su muger y la muger de Pascual Trigo / y Catalina Fernandes ama que fue del canonigo Alonso Serna /
A Pero Ares su muger y la Cabaneyra y la Romera /
A Bartolome de Luazes Catalina Rodrigues castellana y Dominga do / Lugar y la muger de Juan de Dia a las quales non / braron por panaderas lynpyas e syn sospecha y se / les mando acudyr con el trigo /
Y para los sobresalientes y personas hestranxeras / y caminantes mando se coziese una anega de pan ca / da dya la qual se dara a Juan Garcia Teyteiro cada dos dias cada dia media / anega y desto dara algunas libras por quenta y razon / a Domyngo Asturiano para que de alli lo de a los que pasaren / syn dexarlos entrar atento que bybe çerca de la guarda / y se nombra por panaderas para esto a la muger del dicho Domyngo Astu / riano y a la muger de Domingo digo de Pedro Fernandes alguazill que fue / sobrino del chantre y ansy lo probeyeron y firmaron /


9-VII-1598

Y atento de que entrando de todas partes a comprar el pan en / la plaza podia redundar daño  por rezon del mal contagio / que dizen anda por la tyerra y comarcas mandaron que a los / molynos aya panaderas dyputadas para la benta del dicho pan / y sean quatro y sean la muger de Albaro Yanes y la muger / de Diego Albarez y Dominga do Lugar /
Y en la rua de Pumar otras quatro que sean la muger / que finco de Lagar y la muger de Pero Ares xastre e Ynes de Ca / baneyro que dizen la golpa e Elbyra de Lagar muger / de Gregorio xastre
Y para la çiudad las mugeres de Pasqual Trigo y la de / Alonso Gomez Alonso de Dia y de Fistela y la Juana de Dia y Maria de Ba / amonde y la Muger de Pero Fernandes campanero la muger de Gregorio Lopez xastre /
Y para Nuestra Señora de los Remedios la muger de Perote y su / hija y Maria Lopez palonba y la de Matyas Fernandes xastre //

            Aunque, como vemos, en buena parte de los casos se conoce a cada una directamente por ser la mujer de fulano o citrato y no por su nombre, por suerte en otros casos podemos contar con su identificación completa. Aunque nos pueda parecer anecdótico en el momento actual, es realmente una rareza poder disponer de un listado de nombre con el que poder poner de algún modo rostro a la mujer del siglo de oro mindoniense, un momento fértil en muchos aspectos de nuestra historia, pero pobre para el reconocimiento femenino hasta el punto de desaparecer estos de los registros y regularmente quedar reducidos a apodos. 





[1] 20-X-1596

La dicha justizia y regimiento abyendo tratado y dadosele notizia que la fuente desta / dicha çiudad con las abenydas y aguas que llovía creçia tanto el arroyo / del rio systo que byene por la rua de ra Regueira abajo que / salia de su madre y corriente y todo el lodo y emundiçia que allaba en la / calle la traya a la dicha fuente y se ynchia y llenaba de tal manera / cada ocho dias que los mozas y mozos de los vesinos no podian entrar a tomar / agua a los canos de la dicha fuente syn se meter en el agua asta la medya / pyerna y por remediar semejante dano mandaron que se note / fichase a los vesinos de la dicha rua y calle de la Regueyra de donde bybya Pero / de Dia Arriba se juntasen por su parte a dar horden en remedyar / el dicho arroyo baya por su corriente donde suele y acostumbra  ya que para / no aga mas dano ynsuçie ny enbaraze la dicha fuente pongan la mytad / del gasto por queste consystorio y çiudad pondra la otra mytad / de lo que nesçesario fuere para lo remediar y no lo cumpliendo que a su / costa se les compelera a ello //

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