El control forestal en el S. XVI
Durante la segunda mitad del
S. XVI se suceden diferentes pragmáticas reales que inciden en la
necesidad de evitar la deforestación de los montes de la comarca,
por lo regular se requiere que por cada árbol talado se planten un
numero determinado en su lugar o que simplemente se conmine a la
población para que por su cuenta realicen viveros forestales,
plantando un número concreto de ejemplares, de los cuales el propio
concejo de Mondoñedo solicitará expresamente que mas del 50% queden
cerca del casco urbano, en concreto en un espacio desde entonces
protegido por el regimiento mindoniense como reserva verde para la
ciudad, el campo de los remedios.
En todos estos casos se está
cumpliendo con ordenes reales que trataban al territorio peninsular
de un modo más global que las que parten específicamente
del concejo. El interés
de la corona por mantener los bosques en buena forma lo encontramos
ininterrumpidamente
desde la plena edad media, con sutiles diferencias dependiendo del
reino al que se refiriese.
Mientras en todo el cantábrico en general, y en Cantabria en
particular 1
los montes de robles se
cuidaban con mimo, en Castilla la legislación era mucho
más
permisiva e incluso en ocasiones se animaba a deforestar para
facilitar la extensión del ganado lanar que tantos beneficios estaba
dejando, no solo entre los ganaderos si no
entre los propios regentes que llegaron a poseer cabañas
reales dentro del entorno de la Mesta.
La costa norte estaba
centrada en la construcción de navíos, muchos de ellos de uso
militar y en la producción de mineral de hierro, ambos procesos que
requerían de grandes cantidades de madera, pero que a su vez
entendían que este que su supervivencia dependía de su
sostenibilidad.
En tierras cántabras
ya los Reyes Católicos
habían ordenado
que para carbón
solo se extrajese
la lena de arboles muertos, rodados o de una parte de las ramas de
cada pieza, dejando “horca y pendón”2,
quedando así
el árbol
preparado para medrar en altura, lo que resultaba especialmente
favorable
para luego ser
aprovechado para la
industria naval.
El entorno de la diócesis
mindoniense había notado una serie de transformaciones en la baja
edad media semejantes en parte a las que se podían ver en el resto
de la costa norte. A finales del S. XV se habían empezado a instalar
en nuestra tierra diferentes explotaciones de hierro, ferrerías
sobre todo gobernadas por inmigrantes de Cantabria y Euzkadi. Un
ejemplo especialmente importante sería el de la familia Maseda que
llegaría a emparentar con la nobleza local, a finales del siglo XVI,
Vasco Maseda de Aguiar compraba bastas extensiones de fraga para
convertir esta en carbón vegetal que usaría en sus ferrerías de
Valadouro, junto con diferentes venas de hierros en el Val de
Lourenzá.
De todos modos la
implantación de esta nueva industria debió ser puntual, en el caso
de Mondoñedo se menciona desde la baja edad media el foro de la
ferrería de Viloalle, inicialmente de propiedad eclesiástica y que
en estos años esta gestionando ya el concejo de la ciudad.
El documento que presentamos
a continuación parte de una provisión real aunque esta
completamente redactado desde el concejo con conocimiento directo de
situación, en el se presentan unas medidas básicas
para evitar la deforestación aunque la sensación no es que trate un
caso apremiante. De todos modos es particularmente interesante por,
de un modo muy particular, presentar nociones básicas
de ordenamiento forestal por
otro lado tan de actualidad.
Precisamente el asunto a
tratar en este caso es la apertura del mercado a la venta fuera del
reino de madera cortada de roble y otras especies, y partiendo
de este, se tocan una serie de circunstancias
que sí se consideraban causa de merma y desaparición de las fragas
en la comarca.
Por lo que respecta a la
exportación se considera que es buena y necesaria tanto por la
abundancia de planta como por el dinero que dejaba a los vecinos y
arcas municipales, solo se incluye una peculiar excepción, la madera
para pipas, o barriles de roble. Era tanta la cantidad que se estaba
embarcando para el norte de Europa, principalmente, que el concejo
ironizaba asegurando que si se seguía a este ritmo “una pipa vacía
llegaría a costar hasta un ducado”. Por lo que solo se podría
cortar madera para pipas para el mercado interior.
Además se incide en que se
corte “a sazón”, es decir en fecha adecuada para que el
árbol sufra lo menos posible haciendo posible el rebrote, el corte
debía “cerrarse” para proteger al árbol del ganado. Todo este
proceso sería en principio preferible a repoblar con planta de
vivero, entre otras cosas porque el brote del árbol madre nace con
mas fuerza y crece más rápidamente.
Se recomienda el clareo a la
corta indiscriminada y se prohíbe
la práctica de “rozas
y estibadas”.
Estas últimas habían sido, y con ordenanza y sin ella, lo seguirán
siendo hasta tiempos bastante cercanos, las más comúnmente
utilizadas para deforestar para
usos agrícolas.
Un sistema de roturado de montes que perseguía
la eliminación por medio del fuego de los rebrotes, tanto de arboles
como de arbustos colonizadores y aprovechar
el sustrato básico resultante,
como abono. Con la tierra así
preparada se sembraba luego el monte de cereales. Por entonces el
aumento de la población rural que se había mantenido desde los
periodos colonizadores de finales del XIII, requería
de mas cantidad de mansos y al igual que sucedía
en castilla, el fuego era una solución rápida,
seguida del desgaste
de la tierra mediante quemas continuadas para terminar con toda
posible recuperación
de la cobertura arbórea.
Además se decide prohibir el
corte de “varas”, una costumbre que igualmente ha llegado casi
hasta nuestros días. Durante cierta época del ano y en condiciones
especiales, hasta no hace mucho tiempo, legiones de chiquillos de la
zona se disponían, navaja o sierra en mano a despojar al monte de
todos los rebrotes de castaño de uno o dos anos de vida, para vender
a los famosos “cesteiros” , el tipo de cesto conocido como
de “costelas” llegó a a ser elemento distintivo de los
artesanos de A Marina, así que debemos entender que esta provisión
tuvo nada más que un éxito limitado en su ánimo de prohibir la
corta de varas de castaño.
Otro aspecto que preocupaba
al regimiento de Mondoñedo
era el descortezado de los robles, práctica también habitual, la
corteza del roble se usaba para teñir
tejidos
y, sobre todo, para obtener los taninos necesarios en el curtido de
pieles. En el padrón
de 1585 que hemos publicado hace unas semanas sorprende la gran
cantidad de zapateros que aparecen registrados en el casco urbano y
arrabales, además es costumbre que el control de los mismos fuese
motivo de disputa constante en el concejo de la ciudad, para evitar
que sus productos saliesen fuera
de ella sin su
consiguiente alcabala, y para vigilar la calidad de los mismos, tanto
en obra acabada como en cueros, puntualizando hasta que tipos de
agujetas serían consideradas
como aprobadas dentro de las ordenanzas municipales. Es de suponer
que la producción de cueros estaría en este momento al nivel de la
de pan o forja, y que para tal proceso las curtidorías de mayor o
menor tamaño
requerirían
de gran cantidad de casca de roble. Era fundamental que ningún
árbol
fuese agarrotado, es decir, retirada su corteza en todo el perímetro
de la planta, pues de esta manera la muerte de la misma era segura.
Finalmente se añade casi
como pos data, un apéndice donde se asegura que, exceptuando el
roble, el resto de las especies arbóreas no requerían tantos
cuidados siempre que se cortasen en sazón, por ser mas
“rebrotadoras”. Realmente esta no es una
postura demasiado realista pero debemos entender que la especie a
proteger era el quercus por lo que la corta para madera de
diferentes usos, desde calzado, herramientas de labranza, para
construcción o para alimentar los hogares; se tornaba mucho más
permisiva. Aunque no podemos considerar significativo este dato, al
citar las otras especies presentes en el bosque de la comarca, se nos
hace un retrato en el cual no aparece el pino, sobre ello hay una
interesante controversia en la que no vamos a entrar. De todos modos
en esta ordenanza se trata sobre todo de las fragas, por lo cual
podemos suponer igualmente que los cuidados destinados a los pinares,
en caso que los hubiese, debía ser bien distinto.
Aunque el cuidado de los
bosques había sido ya tema de diferentes provisiones reales que nos
hemos saltado, el cuidado con el cual hemos analizado esta radica en
ser un caso en el que se habla de la fraga en primera persona, con
detalles propios de nuestra tierra y no términos abstractos
aplicados a todo el espacio húmedo de la península por el concejo
real.
1
Corbera Millán, M., “Sobre los agentes de la deforestación en
Cantabria entre los siglos XVI y XIX”,en La evolución del paisaje
vegetal y el uso del suelo en la cordillera cantábrica. Ed. Junta
de Castilla-León. Pp. 171-184.
2
ibidem
En la çiudad de Mondoñedo a veinte e un dias del / mes de abrill
de mill e quinientos e setenta e tres años aviendose /juntado en
consistorio por mandado del muy ilustrísimo / señor liçençiado
Diego Perez de Zuñiga oidor e alcalde mayor / deste reyno de Galiçia
los señores liçençiado Pero Maseda de Baamonde / alcalde mayor
sede vacante Juan Lopez de Prabeo Luis de / Luazes Pero Fernandes
Balea Pero Gonçalez regidores Pero / Gutierrez de Quiros procurador
general a tratar lo que por / su señoria les fue mandado tocante a
la corte e cargaçion de las / maderas para fuera del reino y estando
juntos aviendolo / tratado platicado y conferido lo al dicho negoçio
to / cante e entre si les paresçio lo siguiente / que al serviçio
de su magestad y provecho universal del reino / conviene se cargue y
conte la dicha madera ansi por aver / como ai abundançia de arboles
como por que a causa della / entra en el reino cantidad de dinero de
que mucha gente / se sustenta con que en el corte y carga se guarden
/ los aditamientos siguientes / que se corte en sazon y timepo que
hes desde mediado / el mes de otubre asta todo el mes de hebrero con
que el / que cortare un roble ponga otro por el y çerca desto /
según den las prematicas echas en conservación de / las fragas y
que los robles que se cortaren sean / tales que de su naturaleza
nazcan aun que no los / planten y que lo que se cortare se buelba a
zerrar / para que crezca y se conserve e crie y los ganados / no lo
coman ni destruyan / iten que lo que se cortare de robles sea para /
maderas de leña casas y edificios dellas y o / tras cosas semejantes
y no para pipas salbo las ne / çesarias para el reyno e tierras
adentro e no para cargar / por que de la mucha que se carga se sigue
gran yncon / teniente y se cortan y destruyen muchas fragas / y por
tiempo bendra a valer una pipa vaçia en el / reino un ducado si se
permite cargar para fuera / yten que se proyba e no se de lugar ni
permita / azer estibada ni roça en las fragas ny en parte donde /
oviere robles porque el fuego y cortegal / destruyen y en gran
cantydad y es una de / las cosas mas nesçesarias de remedio en este
/ reyno y nespeçial en este obispado // Yten que se mande gurdarla y ejecutarla prema / tica çerca del
descortezar de los robles por que / tambien hes cosa mui necesaria /
yten que se proyba el corte de los palos / de castaño pregados para
azer çestos porque / tambien es cosa de muy gran inconveniente /
yten que este corte a lo menos en junto a la / madera de robles no se
a de entender ni entienda / tres legoas a la redonda de la una porque
desta / manera abra abundançia de madera para pro / vision de la
tierra y esto es lo que a los dichos señores / paresçio e mandaron
entregar al dicho señor oy / dor en tres capitulaciones originales y
que / dellas se saque un traslado e se pongan en el libro / de
consistorio / yten conviene advertir que la demas ma / dera de
castaño abellano nogal alamo bedrillo / y otro qual quier genero de
madera se pueda cortar / y cargar con que se corte por su sazon
porque estos / generos de maderas son de naturaleza de nasçer / e
conservarse de suyo sin que sea nesçesario tanta / cuenta en la
conservación dellas //
Comentarios
Publicar un comentario