El control forestal en el S. XVI













 Durante la segunda mitad del S. XVI se suceden diferentes pragmáticas reales que inciden en la necesidad de evitar la deforestación de los montes de la comarca, por lo regular se requiere que por cada árbol talado se planten un numero determinado en su lugar o que simplemente se conmine a la población para que por su cuenta realicen viveros forestales, plantando un número concreto de ejemplares, de los cuales el propio concejo de Mondoñedo solicitará expresamente que mas del 50% queden cerca del casco urbano, en concreto en un espacio desde entonces protegido por el regimiento mindoniense como reserva verde para la ciudad, el campo de los remedios.
En todos estos casos se está cumpliendo con ordenes reales que trataban al territorio peninsular de un modo más global que las que parten específicamente del concejo. El interés de la corona por mantener los bosques en buena forma lo encontramos ininterrumpidamente desde la plena edad media, con sutiles diferencias dependiendo del reino al que se refiriese. Mientras en todo el cantábrico en general, y en Cantabria en particular 1 los montes de robles se cuidaban con mimo, en Castilla la legislación era mucho más permisiva e incluso en ocasiones se animaba a deforestar para facilitar la extensión del ganado lanar que tantos beneficios estaba dejando, no solo entre los ganaderos si no entre los propios regentes que llegaron a poseer cabañas reales dentro del entorno de la Mesta.
La costa norte estaba centrada en la construcción de navíos, muchos de ellos de uso militar y en la producción de mineral de hierro, ambos procesos que requerían de grandes cantidades de madera, pero que a su vez entendían que este que su supervivencia dependía de su sostenibilidad.
En tierras cántabras ya los Reyes Católicos habían ordenado que para carbón solo se extrajese la lena de arboles muertos, rodados o de una parte de las ramas de cada pieza, dejando “horca y pendón”2, quedando así el árbol preparado para medrar en altura, lo que resultaba especialmente favorable para luego ser aprovechado para la industria naval.
El entorno de la diócesis mindoniense había notado una serie de transformaciones en la baja edad media semejantes en parte a las que se podían ver en el resto de la costa norte. A finales del S. XV se habían empezado a instalar en nuestra tierra diferentes explotaciones de hierro, ferrerías sobre todo gobernadas por inmigrantes de Cantabria y Euzkadi. Un ejemplo especialmente importante sería el de la familia Maseda que llegaría a emparentar con la nobleza local, a finales del siglo XVI, Vasco Maseda de Aguiar compraba bastas extensiones de fraga para convertir esta en carbón vegetal que usaría en sus ferrerías de Valadouro, junto con diferentes venas de hierros en el Val de Lourenzá.
De todos modos la implantación de esta nueva industria debió ser puntual, en el caso de Mondoñedo se menciona desde la baja edad media el foro de la ferrería de Viloalle, inicialmente de propiedad eclesiástica y que en estos años esta gestionando ya el concejo de la ciudad.
El documento que presentamos a continuación parte de una provisión real aunque esta completamente redactado desde el concejo con conocimiento directo de situación, en el se presentan unas medidas básicas para evitar la deforestación aunque la sensación no es que trate un caso apremiante. De todos modos es particularmente interesante por, de un modo muy particular, presentar nociones básicas de ordenamiento forestal por otro lado tan de actualidad.
Precisamente el asunto a tratar en este caso es la apertura del mercado a la venta fuera del reino de madera cortada de roble y otras especies, y partiendo de este, se tocan una serie de circunstancias que sí se consideraban causa de merma y desaparición de las fragas en la comarca.
Por lo que respecta a la exportación se considera que es buena y necesaria tanto por la abundancia de planta como por el dinero que dejaba a los vecinos y arcas municipales, solo se incluye una peculiar excepción, la madera para pipas, o barriles de roble. Era tanta la cantidad que se estaba embarcando para el norte de Europa, principalmente, que el concejo ironizaba asegurando que si se seguía a este ritmo “una pipa vacía llegaría a costar hasta un ducado”. Por lo que solo se podría cortar madera para pipas para el mercado interior.
Además se incide en que se corte “a sazón”, es decir en fecha adecuada para que el árbol sufra lo menos posible haciendo posible el rebrote, el corte debía “cerrarse” para proteger al árbol del ganado. Todo este proceso sería en principio preferible a repoblar con planta de vivero, entre otras cosas porque el brote del árbol madre nace con mas fuerza y crece más rápidamente.
Se recomienda el clareo a la corta indiscriminada y se prohíbe la práctica de “rozas y estibadas”. Estas últimas habían sido, y con ordenanza y sin ella, lo seguirán siendo hasta tiempos bastante cercanos, las más comúnmente utilizadas para deforestar para usos agrícolas. Un sistema de roturado de montes que perseguía la eliminación por medio del fuego de los rebrotes, tanto de arboles como de arbustos colonizadores y aprovechar el sustrato básico resultante, como abono. Con la tierra así preparada se sembraba luego el monte de cereales. Por entonces el aumento de la población rural que se había mantenido desde los periodos colonizadores de finales del XIII, requería de mas cantidad de mansos y al igual que sucedía en castilla, el fuego era una solución rápida, seguida del desgaste de la tierra mediante quemas continuadas para terminar con toda posible recuperación de la cobertura arbórea.
Además se decide prohibir el corte de “varas”, una costumbre que igualmente ha llegado casi hasta nuestros días. Durante cierta época del ano y en condiciones especiales, hasta no hace mucho tiempo, legiones de chiquillos de la zona se disponían, navaja o sierra en mano a despojar al monte de todos los rebrotes de castaño de uno o dos anos de vida, para vender a los famosos “cesteiros” , el tipo de cesto conocido como de “costelas” llegó a a ser elemento distintivo de los artesanos de A Marina, así que debemos entender que esta provisión tuvo nada más que un éxito limitado en su ánimo de prohibir la corta de varas de castaño.
Otro aspecto que preocupaba al regimiento de Mondoñedo era el descortezado de los robles, práctica también habitual, la corteza del roble se usaba para teñir tejidos y, sobre todo, para obtener los taninos necesarios en el curtido de pieles. En el padrón de 1585 que hemos publicado hace unas semanas sorprende la gran cantidad de zapateros que aparecen registrados en el casco urbano y arrabales, además es costumbre que el control de los mismos fuese motivo de disputa constante en el concejo de la ciudad, para evitar que sus productos saliesen fuera de ella sin su consiguiente alcabala, y para vigilar la calidad de los mismos, tanto en obra acabada como en cueros, puntualizando hasta que tipos de agujetas serían consideradas como aprobadas dentro de las ordenanzas municipales. Es de suponer que la producción de cueros estaría en este momento al nivel de la de pan o forja, y que para tal proceso las curtidorías de mayor o menor tamaño requerirían de gran cantidad de casca de roble. Era fundamental que ningún árbol fuese agarrotado, es decir, retirada su corteza en todo el perímetro de la planta, pues de esta manera la muerte de la misma era segura.
Finalmente se añade casi como pos data, un apéndice donde se asegura que, exceptuando el roble, el resto de las especies arbóreas no requerían tantos cuidados siempre que se cortasen en sazón, por ser mas “rebrotadoras”. Realmente esta no es una postura demasiado realista pero debemos entender que la especie a proteger era el quercus por lo que la corta para madera de diferentes usos, desde calzado, herramientas de labranza, para construcción o para alimentar los hogares; se tornaba mucho más permisiva. Aunque no podemos considerar significativo este dato, al citar las otras especies presentes en el bosque de la comarca, se nos hace un retrato en el cual no aparece el pino, sobre ello hay una interesante controversia en la que no vamos a entrar. De todos modos en esta ordenanza se trata sobre todo de las fragas, por lo cual podemos suponer igualmente que los cuidados destinados a los pinares, en caso que los hubiese, debía ser bien distinto.
Aunque el cuidado de los bosques había sido ya tema de diferentes provisiones reales que nos hemos saltado, el cuidado con el cual hemos analizado esta radica en ser un caso en el que se habla de la fraga en primera persona, con detalles propios de nuestra tierra y no términos abstractos aplicados a todo el espacio húmedo de la península por el concejo real.

1 Corbera Millán, M., “Sobre los agentes de la deforestación en Cantabria entre los siglos XVI y XIX”,en La evolución del paisaje vegetal y el uso del suelo en la cordillera cantábrica. Ed. Junta de Castilla-León. Pp. 171-184.

2 ibidem



En la çiudad de Mondoñedo a veinte e un dias del / mes de abrill de mill e quinientos e setenta e tres años aviendose /juntado en consistorio por mandado del muy ilustrísimo / señor liçençiado Diego Perez de Zuñiga oidor e alcalde mayor / deste reyno de Galiçia los señores liçençiado Pero Maseda de Baamonde / alcalde mayor sede vacante Juan Lopez de Prabeo Luis de / Luazes Pero Fernandes Balea Pero Gonçalez regidores Pero / Gutierrez de Quiros procurador general a tratar lo que por / su señoria les fue mandado tocante a la corte e cargaçion de las / maderas para fuera del reino y estando juntos aviendolo / tratado platicado y conferido lo al dicho negoçio to / cante e entre si les paresçio lo siguiente / que al serviçio de su magestad y provecho universal del reino / conviene se cargue y conte la dicha madera ansi por aver / como ai abundançia de arboles como por que a causa della / entra en el reino cantidad de dinero de que mucha gente / se sustenta con que en el corte y carga se guarden / los aditamientos siguientes / que se corte en sazon y timepo que hes desde mediado / el mes de otubre asta todo el mes de hebrero con que el / que cortare un roble ponga otro por el y çerca desto / según den las prematicas echas en conservación de / las fragas y que los robles que se cortaren sean / tales que de su naturaleza nazcan aun que no los / planten y que lo que se cortare se buelba a zerrar / para que crezca y se conserve e crie y los ganados / no lo coman ni destruyan / iten que lo que se cortare de robles sea para / maderas de leña casas y edificios dellas y o / tras cosas semejantes y no para pipas salbo las ne / çesarias para el reyno e tierras adentro e no para cargar / por que de la mucha que se carga se sigue gran yncon / teniente y se cortan y destruyen muchas fragas / y por tiempo bendra a valer una pipa vaçia en el / reino un ducado si se permite cargar para fuera / yten que se proyba e no se de lugar ni permita / azer estibada ni roça en las fragas ny en parte donde / oviere robles porque el fuego y cortegal / destruyen y en gran cantydad y es una de / las cosas mas nesçesarias de remedio en este / reyno y nespeçial en este obispado // Yten que se mande gurdarla y ejecutarla prema / tica çerca del descortezar de los robles por que / tambien hes cosa mui necesaria / yten que se proyba el corte de los palos / de castaño pregados para azer çestos porque / tambien es cosa de muy gran inconveniente / yten que este corte a lo menos en junto a la / madera de robles no se a de entender ni entienda / tres legoas a la redonda de la una porque desta / manera abra abundançia de madera para pro / vision de la tierra y esto es lo que a los dichos señores / paresçio e mandaron entregar al dicho señor oy / dor en tres capitulaciones originales y que / dellas se saque un traslado e se pongan en el libro / de consistorio / yten conviene advertir que la demas ma / dera de castaño abellano nogal alamo bedrillo / y otro qual quier genero de madera se pueda cortar / y cargar con que se corte por su sazon porque estos / generos de maderas son de naturaleza de nasçer / e conservarse de suyo sin que sea nesçesario tanta / cuenta en la conservación dellas //

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