Prohibición de la pesca del geldo, actividad jurisdiccional, 1578
No son demasiados los casos en que nos
topamos con legislación destinada a la jurisdicción dentro de los libros de consistorio,
estor normalmente ocupaban todo su espacio con resoluciones destinadas al
regimiento de la ciudad, pero no debemos olvidar que en estos años del S. XVI Mondoñedo
estaba acabando de definirse como cabeza de provincia con disputas abiertas
sobre el tema con las villas de Viveiro y Ribadeo.
Aunque casi todo detalle que afecta a
la jurisdicción o al partido de alguna de las feligresías de nuestra diócesis,
suelen ser aplicaciones de provisiones reales, y para aprehender todo su contenido
resulta muchas veces más sencilla una visión más global, se dan algunos casos
que nos dejan completamente en blanco. En concreto esta prohibición que aparece
el día 23 de junio de 1578 está dirigida a la gente del mar, en parte
entendemos su contenido, pero no hemos conseguido encontrar una referencia
clara en la legislación histórica de pesca que pueda ilustrarnos más de lo que
leemos en las pocas líneas que nos han quedado.
En principio parece que se pide la
restricción o hasta prohibición de la pesca del geldo, un término propio del
euskera que designa a todo pescado inmaduro, destinado a cebo por ser esta práctica,
y sobre todo la exportación del mismo fuera del reino; dañina para la
conservación de los bancos de sardina y otros pescados. Para ser francos
debemos quedarnos ahí, colgar la trascripción del texto y esperar que sirva a
otros investigadores más de lo que a nosotros.
23-VI-1578
Que el procurador
general de querella desta çiudad de qual quiera / de los pescadores que cogen
el geldo y lo dexan sacar // sacar fuera del reyno
y de los que los acogen / y dan fabor para ello y pidan y suplican al / señor
alcalde mayor por su persona baya a entender en ello / a costa de la çiudad o
de los culpados por que dello / redunda gran serbiçio a Dios nuestro señor y
probecho / de la republica por no morir sardina ni otro / pescado por falta del
dicho geldo y çebo y saca del / y mandaron que para el dicho hefeto bayan dos /
de los señores regidores juntamente con el señor alcalde / mayor y se reçibira
para ello ynformaçion para que / se castiguen los culpados conforme derecho y se
remedie el dicho dano
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