La epidemia de peste de 1572, la muerte de Fray Antonio de Lujan
Aunque aun en al actualidad
continúa existiendo discrepancia sobre al motivo y causa de la extensión
de la epidemia de peste que asolaría Europa desde 1347, en general
la hipótesis más extendida y aceptada considera culpable de esta
mortandad a la rata negra, rattus rattus, traída por los
ejércitos mongoles desde las estepas de Asia central, donde es
endémica, y que entraría por la ruta de Cimera en la colonia
genovesa de Caffa asediada entonces por este pueblo, los
refugiados del asedio infestarían Mesina Génova y Venecia
entorno al 1347. La rata negra era portadora de la bacteria Yersina
Pestis que provocaba la enfermedad. Esta se presentaba con fiebre
alta y compromiso del estado general incluida postración, pronto
aparecían los bubones, resultado de la inflamación de los ganglios
linfáticos, por lo regular en las axilas y la ingle, al poco tiempo
el enfermo perecía. El tipo más común era la conocida como peste
bubónica que atacaba al sistema inmunitario, aunque también se
conocen otras mutaciones como la septicémica que afectaba a la
sangre y la neumónica del aparato respiratorio. La peste septicémica
se presentaba con manchas negras en la piel, de ahí que también
fuese conocida como muerte negra.
En los últimos estudios se
ha puesto en entredicho tanto la presencia de un solo agente
infeccioso en la pandemia del S. XIV como a la propia portadora de
este, por un lado el análisis de ADN del bulbo dental conservado en
restos de fosas comunes no ha aportado la presencia generalizada de
la bacteria Yersina Pestis, llevando a muchos investigadores a
considerar la presencia de otras afecciones, desde variantes de
fiebres hemorrágicas similares al ébola, hasta brotes de ántrax.
Aun resulta más peculiar que recientes estudios pretendan despojar
a la rata negra de tan dudoso honor, concretamente un análisis de la
epidemia comandado por el profesor Nils Stenseth de la universidad de
Oslo considera que las condiciones climáticas del periodo principal
de proliferación no eran las adecuadas para la multiplicación de
colonias de este roedor y sí para que otro, el gerbillo, propio de
Asia Central, encontrara en Europa un entorno apetecible1,
en todo caso serían siempre las plagas de pulgas que acompañarían
a uno u otro mamífero las reales culpables de la rápida dispersión
del mal, sin olvidar que, fuere cual fuere, el periodo de incubación
de cerca de un mes permitía al paciente viajar para contaminar otros
lugares sin fallecer en el entretanto.
Epidemiología a parte, el
efecto de la pandemia en Galicia siempre ha estado de mal a muy mal
documentado, hasta no hace mucho tiempo se consideraba que había
entrado por mar desde los puertos del atlántico como Baiona, El
profesor Portela Silva nos ha dado a conocer un foro de 1349 donde se
hace referencia a la presencia de la peste entorno a mediados del
1348, fecha que hasta el momento se considera como de llegada a este
reino de la pandemia. 2
Por otro lado actualmente se maneja la más que posible posibilidad
de ser los caminos de peregrinación igualmente fuentes de contagio.
Respecto a Mondoñedo de
momento no disponemos de suficiente documentación que pueda
orientarnos sobre la incidencia de la primera oleada de peste del S.
XIV, sin embargo ha quedado especialmente bien reflejado uno de sus
brotes posteriores, la llamada peste española que se iniciaría en
el S. XVI y pasaría su pico durante la primera mitad del XVII.
Las
primeras alarmas aparecen en el libro de concejo el 11 de noviembre
de 1568 remarcando la posible aparición
de casos en diferentes partes de la península, “en
la çiudad de Leon y en Astorga y Molina Seca y Piedra Fita e otros
lugares”. Inmediatamente
se toman medidas de excepción para impedir que la enfermedad entrase
en la ciudad, no solo se usa del muro de la misma sino que se ponen
guardias en las entradas y se cierran diferentes tramos de calles.
Vemos como la muralla ya no se considera como linea defensiva eficaz,
en todo este siglo hemos comprobado que su estado había pasado de
delicado a muy deteriorado, presentando grandes agujeros, partes
desplomadas y casas particulares que habían sustituido una buena
porción de su lienzo. Precisamente por este motivo se decide aislar
y bloquear
las vías
de entrada principales a la ciudad,
“se
çierre al cauo de la rrua de la fuente, e que se ponga una guarda
a la puente de ruzios, e otra a la pena dotero y otra a la puerta
del regidor Ferrando Rodrigues de Luazes y al torrillon”. Como
vemos las entradas reconocidas son la del camino de Lindín
y la del campo de los Remedios, y ya mas cerca del núcleo,
la calle de la Fonte, algún
punto desconocido hacia
la puerta de Santiago donde vivía
Fernando
Rodríguez
de Luazes que fuera escribano de consistorio y ahora regidor y
el Torrillón
que escoltaba el acceso a la puerta de la Villa.
En todos estos lugares
sería preciso poner guardias que se organizarían
entre los vecinos de la ciudad. Igualmente se prohibía
entrar por puertas traseras, muchas de ellas accesos falsos a la
villa por puntos donde la muralla ya había
sido amortizada, y acoger cualquier extranjero que no pudiese
justificar su procedencia, todo ello bajo severas penas.
Lugares donde se colocarían guardas
11-XI-1568
En la çiudad de Mondoñedo a honze dias del mes de nobiembre del
año de mill /e quinientos e sesenta e ocho estando en su consistorio
juntos los magnificos señores / el liçemziado Hernan Rodriguez de
Cadorniga alcalde mayor de la dicha çiudad y Fernado Diaz de
Tamiraos e / Ferrando Rodriguez das Heiras alcaldes ordinarios de la
dicha çiudad e Juan Lopez de Praveo e Juan / Abbad y Luis de Luazes
e Ferrando Rodriges de Luazes e Pero Ferrandes Balea e Pero Gonza /
lez regidores de la dicha çiudad dixeron / los dichos señores
acordaron antento la notoriedad que ay de auer peste / en la çiudad
de Leon y en Astorga y Molina Seca y Piedra Fita e otros / lugares de
debia dar remedio e orden para que no entren en esta çiudad /
personas que vengan de las dichas partes ni que sean vesinos dellas
ni de otras partes / infiçionadas e para esto hordenaron lo
deguiente / primeramente que se
çierren todas las puertas desta çiudad heçeto la / puerta de la
fuente y la puerta de Pero da Valiña y la puerta del / (+-1) Prabeo
y la puerta do bibio el regidor Garçia de Luazes que se / çierre al
cauo de la rrua de la fuente e que se ponga una guarda / a la puente
de ruzios e otra a la pena dotero y otra a la puer / ta del regidor
Ferrando Rodrigues de Luazes y al torrillon y en las mas / puertas
y los señores alcaldes tengan quenta de que se çierren y
procu / ren el aparejo e maderas para ello tomando la que se allare /
en la çiudad y si faltare se de horden e como se traiga / mandaron
los dichos señores que ninguna persona honbre ni muger desta çiudad
a / cojan en su casa a ninguna persona de fuera parte ninguna entre
por las dichas / tres puertas e con liçençia de las guardas so pena
a los vesinos de / la çiudad treynta dias de carçel e dos mill
maravedis de pena para / el gasto de çerrar y guardas y los
queentren de otra manera sin / lizencia de las guardas y por las
mesmas puertas les sena / dadas çien açotes y los vesinos que
tuvieren puertas traseras / no puedan acoger por ellas a ninguna
persona so la dicha pena de carçel / y maravedis e que ninguna
persona aunque sea de la çiudad no entre por las puertas traseras /
sino en sus casas so la pena lo qual se pregone / mas mandaron
despachar al medico la librança que le / esta mandado dar para que
le acudan con lo señalado que por / ahora a de auer /
Se
libran dineros para que se renueven todas las puertas de la ciudad,
incluso en sus anclajes y cerraduras.
20-XII-1568
Asi mesmo mandaron pagar e dar librança para que / se pague a
Ares de Tragones veynte e ocho reales por ca / torze jornales que el
otros sus compañeros perdieron / en coger la madera e hazer las
puertas para zerrar la çibdad / por razon de la peste y mas ocho
reales por çiento e / treinta clabos y dos clabos grandes e medio
real / por una palmela de fierro y mas çinco reales por las / dos
pechaduras que hizo Francisco Perote e una cargadora / de fierro que
se hizo para la dicha obra e se acudan a aello al / señor Francisco
Rodrigues das Eiras para que pague e reçiba carta de pago / asi
mesmo libraron a Pedro Lopez çarrajero de çinquenta reales por los
pesos
El
14 de marzo del año siguiente ya el peligro se considera pasado, y
se decide vender las maderas que se habían utilizado para cerrar la
ciudad considerando que se estaba estropeando y ya no era necesario
conservarla.
14-III-1569
Que la madera de las çerraduras de las puertas / desa çibdad que
se hizieron para la peste se venda e / con lo que se diere por ella
se acuda a Fernando Marques / procurador general que se pierde e
quebranta?//
Pocos
meses después las alarmas saltan de nuevo al recogerse datos de la
presencia de la peste en diferentes pueblos del sur y oeste del reino
de Galicia, un espacio que podemos delimitar entre la frontera con
Portugal y la Costa da Morte. En este caso además de repetirse el
protocolo de cierre de la ciudad se incide en mantener libre de
basuras las calles y se recuerda una ordenanza de salubridad pública,
antigua y, con casi total seguridad proveniente de epidemias
anteriores que no tenemos documentadas por falta de documentación,
que requería la retirada de paja y lino sin majar de las casas por
ser importante resguarde para insectos arrastrantes. “Ansi
mesmo que los vesinos de la çibdad alimpien las calles cada sabado,
cada uno ante su puerta y quiten los entullos de las calles y carros
y otros en baraços, so pena de cada dos reales para obras publicas
y que no echen en las calles ninguna suçiedad ni auguas, so la
dicha pena y mandaron se apregonase públicamente y lo mesmo
mandaron que no tengan lino en sus casas ni paja con el lino por
maçar so la dicha pena”
14-VII-1569
Los dichos señores
justiçia e regimiento dixeron que / ellos heran ynformados e su
notiçia a benido que / en algunos pueblos deste reino abia peste y
se rre / çelaban que de algunas partes donde abia la dicha / peste
algunas personas se entrarian en esta / çibdad y la ynfiçionarian
mandaron se guarda / se la dicha çibdad y para ello los vesinos de
la dicha çibdad por / sus dias guarden las entradas de la dicha çib
/ dad y no dexen las dichas guardas entrar en la dicha / çibdad
ninguna persona de fuera della estranjera / sin que traya testimonio
de cómo viene de lugar sano / donde no ay la dicha peste y si fueren
de Noya / Rianjo Bigo Chanzellas que es en tierra de la Maya / e
lugar de Caldas de Reys y lugar de Boente junto / de Millo e lugar de
Santiago de Villartime cabo Me / llid y lugar del monesterio de
Melon Berouça en / tierra de de Melon Villarnon en tierra de Melon /
lugar de Paradela que es en Caldas de Reis el lugar / de Laneda ques
en el bal de Torneda ques en el bal de las / Achas el lugar de
Memoral alfos de Muros el lugar / de Linares el lugar de Santa Marina
san Fiz de Iron / Montellos ques en el Alfoz de Muros San Viçenço
de / Olivares en el obispado de Tui San pedro de Berriosas en /
Mellid santa comba que es en el juzgado de Jallas san / ta Tareixa
Darinada ques en el lugar de Jallas santa Baya / de Logreste ques en
tierra de la Maya el lugar de / Rial ques en Villa Nueva Darouça y
Betanços / mandaron los dichos señores que ningun vesino de la
dicha / çibdad acoja a ningun forastero que benga a la / çibdad que
sea de fuera del obispado so pena de seis mill / maravedis por cada
bez que lo hiciera y mandaron // Ansi mesmo que los vesinos de la
çibdad alimpien las calles / cada sabado cada uno ante su puerta y
quiten / los entullos de las calles y carros y otros en / baraços so
pena de cada dos reales para obras publicas / y que no echen en las
calles ninguna suçiedad ni au / guas so la dicha pena y mandaron se
apregonase / públicamente y lo mesmo mandaron que / no tengan lino
en sus casas ni paja con el lino por / maçar so la dicha pena y de
perderlo y que / en el tener de los ganados guarden las hor /
denanças de la çibdad y todo se mando a / pregonar por que benga a
notizia de todos /
Durante
todo este año se insiste en mantener las medidas de seguridad, con
nuevos aparejos para el cierre de la ciudad y con otras excepcionales
como requerir cédula de salubridad incluso a los propios vecinos.
12-XII-1569
Que se de librança para Juan Garçia Ferrero sea pago de la
ferraje que / fiso para los clavos e arguellas de la çerrume de la
puerta de la rua / de la fuente por causa de la peste que es lo que a
de aver seis reales / y la librança para Jacome Rodrigues fiel le
haga pago /
26-XII-1569
Mandaron los dichos señores
que se çerrase la ronda entre la casa del / dotor Diego Lopez hasta
la çerca y por abaxo desde la puerta / de el Diaz hasta la çerca e
que ningun vesino acoja a ninguna persona sin liçençia / de la
justiçia o de la guarda mayor que son justizia e regidores / so pena
de ser traido a la vergüenza e mill maravedis para pago / de la del
guarda y ningun vesino entre sin çedula so pena de seis (+-1) /
zesto (+-1) los de fuera del obispado e de los pueblos ynfiçio /
nados que declararan por memoria a las guardas lo qual se Prego / ne
con atambores para que no pretenden ynorançia
En enero de 1570 se nombra
guarda mayor de las puertas de la ciudad, para que una sola persona
controlase los turnos y las entradas a la villa, por algún motivo
esta decisión no llega a durar un mes y en 23 de enero se decide que
el control torne a los regidores que lo desempeñarían por turnos.
9-I-1570
Los dichos señores justiçia e regidores nombraron por / guarda
mayor de las puertas de la zibdad a Nicolas Torres / teniente de
alguacil y le señalaron dos reales de salario por cada / un dia que
tubiere cuenta con las dichas guardas y asta / que otra cosa le sea
mandado y le dieron poder para que executare / a los vesinos de la
çibdad que no guardaren por tres reales a / cada uno que no guardare
el dia que le cupiere y que / prenda a las personas que entraren en
la çbdad / sin liçençia de las guardas y los ponga en la carçel
el qual dicho / salario se los dichos dos reales a de cobrar de los
delincuentes / que entraren sin liçençia y se entienda por oficial
este / nombramento
23-I-1570
Los dichos señores
mandaron que se quite la / guarda puesta en la çibdad que es Nicolas
To / rres que no corra dende oy en delante (+-2) / y los señores
regidores guareden por la horden / questaba hecha cometiose esta
semana esta seman al señor / Bartolome Labrada /
Otra
decisión que podemos incluir entre las medidas propias de un periodo
de aislamiento es la que lleva a poner en cuarentena al espacio
destinado a hospitalización de apestados que se encontraba en el
barrios de san Lázaro, arrabales de la ciudad, prohibiendo que los
de la orden de San Lázaro y demás enfermos entrasen en la villa y a
los vecinos venderles vino, carne u otros abastecimientos,
exceptuando a uno por vez que debería ir debidamente señalado con
una campanilla.
28-V-1571
Otrosi por quanto los de la horden de san / lazaro se vienen
cotidianamente a esta cibdad e / se van a las tavernas y carnicerias
della / a comer e veber lo qual es dano del pueblo / y causa para se
ynficionar las gentes mandaron / notificar a los carniceros y
taberneros no a / cojan ni den carne ni vino ni otros bastimentos / a
los lazerados ni los consientan en sus ca / sas ni portales dellas
heseto a uno solo que / pide con la campanilla su limosna so pena /
de doze maravedis a cada uno que lo contrahiziere / aplicados para
pobres//
Habría
de pasar un año desde
las ultimas decisiones tomadas para contener la peste para que
apareciese la primera señal clara de alarma dentro de la ciudad,
seria en 26 de mayo de 1572 cuando se le encomienda al médico que
fuese a visitar a la mujer de Pero Darriba que se encontrada postrada
de una enfermedad desconocida, su diagnóstico sería cuando menos
preocupante,
“dixo que le avia mirado e visitado e que en una yngle le abia
allado un nudo creçido como una nuez y que tenia sospecha ser peste
por que se abia muerto en cama una moça avia çinco o seis dias”.
Aunque
ya se habían tomado, como hemos visto, medidas en diferentes
ocasiones este es el primer caso que resulta claramente alarmante,
además los signos señalan claramente a la peste bubónica,
incluyendo además la muerte en la misma casa de una persona hacía
pocos días.
26-V-1572
Cometiose a los señores alcaldes ordinarios / hagan çerrar la
çibdad por razon de la peste e / para ello puedan conpeler a quales
quiera / carreteros asi de la çibdad como fuera della / para que
trayan la madera nezesaria para ello / y el señor alcalde mayor les
dio comision / para que puedan compeler a los de fuera de su /
jurisdiçion dellos / asi mismo de mandato de los dichos señores se
/ notifico al medico no vaya afuera de la çibdad / sin su liçençia
atento la neçesidad que ai so pena de treinta / mill maravedis e que
no lo sera pagado ni correra su sela / rio el qual dixo lo oya e
obedeçia / atento que heran ynformados que la muger de / Pero
Darriva estaba enferma mandaron al / medico la vaya a visitar e
traiga relaçion de / su enfermedad y asy fue e vino a dar rela /
çion dello y dixo que le avia mirado e visitado / e que en una yngle
le abia allado un nudo cre / çido como una nuez y que tenia sospecha
ser / peste por que se abia muerto en cama una moça avia / çinco o
seis dias dezian que debia e mandole / que hera nezesario aber
recogimiento o a la dicha son // Atento (+-1) le encargaron los
dichos señores / alcaldes ordinarios haga sobre ello las diligençias
/ neçesarias
Luego
de este preocupante descubrimiento los acontecimientos se suceden con
rapidez, las guardas se refuerzan,
18-VI-1572
Acordaron
los dichos señores y mando el señor / alcalde mayor que cada uno de
ellos y de los mas / señores regidores tengan que cada uno masi man
/ de visitar las guardas desta çibdad y no falte / ninguno de lo
hazer cada dia so pena de dos ducados para los / gastos de las
guardas cada uno y lo mismo hagan / los señores alcaldes ordinarios
e procurador general / y siendo empedido cada uno dellos en su se /
mana ponga otro de los dichos señores en su lugar / y cargo oy
empeza el señor regidor Juan Lopez / de Prabeo //
y
se establecen medidas extraordinarias ante un eventual contagio
dentro de muros, en el siguiente documento vemos como se detalla el
proceso de transito de una infección, al igual que se había hecho
durante los diferentes brotes desde el S. XIV, primeramente se
contempla la necesidad de comunicar la situación al poder temporal,
el obispo, para controlar una más que segura escalada de pánico
entre los vecinos y que la ciudad no quedase desabastecida; a
continuación se preparan las medidas que serán necesarias en el
momento de empezar a contarse los cadáveres: contar con varias casas
apartadas del casco donde poder pasar cuarentena los enfermos, contar
con cuidadores a sueldo que se atrevan a dar de comer y atender a los
apestados, igualmente con cuatro o seis personas que estuviesen
dispuestas a enterrar los restos aún a riesgo de contagio.
Igualmente se puntualizan los importes que se podrían pagar.
30-VII-1572
Los dichos señores justiçia e regimiento tratando / del remedio
para la enfermedad de peste si Dios nuestro / señor fuese servido de
que pasase adelante en esta çibdad / acordaron que se haga lo
siguiente / lo primero tratar con su señoria reverendisima la horden
que se / ha de tener en la gobernación de la çibdad e provision /
de los bastimentos e cosas neçesarias / lo segundo que sera
neçesario çinco o seis casas / libres donde se pongan los enfermos
luego que / fueron tocados lo mas apartado alderredor / de la çibdad
/ lo otro personas que les llieven medianos / y que coman e se busque
quien con ellos este e / los sirba pagandoles / lo otro pareçe que
sera neçesario que aya quatro / o seis personas que abran las
sepulturas e llie / ven los cuerpos a los quales se les pague / del
cabildo e çibdad un real a cada uno por / dia demas de que de los
bienes al difunto se / les de seis reales por el mas pobre / y que
sobre esto y lo demas a esto tocante // Neçesario se cometio a los
señores regido / res Juan Aban e Luis de Luazes lo traten / asi con
su señoria como con el cavildo /
El
día primero de septiembre
de 1572 es desde luego el momento mas apremiante de la epidemia, en
esta fecha el concejo se reúne bajo mínimos pues la mayoría de los
notables de la ciudad, incluido el obispo y el alcalde mayor habían
huido por miedo al contagio. En una carta muy explícita se presenta
Mondoñedo como una ciudad semi-desierta, aterrorizada por los
muertos que empezaban a aparecer día tras día.
En
un acto desesperado el regimiento que aún permanece en ella decide
permitir que las casas que habían quedado abandonadas fuesen
profanadas para requisar de ellas cualquier abastecimiento que se
pudiese encontrar, pues los proveedores normales se negaban a entrar
en la ciudad, todo lo requisado debería ser vendido y las ganancias
repartidas entre los enfermos necesitados, pues aunque el regimiento
reconoce que se habían detectado casos de peste otros muchos
enfermos que podrían ser curados, quedaban desatendidos por no tener
la república fondos suficientes para cubrir los salarios de médicos
y cirujanos. En este día además se pide que se haga traslado de una
donación que había hecho a modo de limosna el obispo Fray Antonio
de Luján.
Sería
precisamente en estas fechas, entorno al mes de septiembre de 1572,
fray Antonio de Lujan encontraría la muerte por causas que
desconocemos mientras se encontraba de visita en el Castro Douro,3
en
el libro de Ambrosio de Morales aparece precisamente recogida la
causa que le llevaría a dejar de lado la ciudad de Mondoñedo en su
visita al reino de Galicia, la peste.4
1-IX-1572
En
la çibdad de Mondoñedo al primero dia del / mes de setiembre de
mill e quinientos e setenta / y dos años estando en consistorio los
muy magnificos / señores Fernan Marques theniente de alcalde mayor
Bartolome Fernandes Juan lopez / (alcalde ordinario) de Prabeo Juan
Abad regidores de la dicha çibdad / los dichos señores justiçia e
regimiento dixeron / que atento que muchos vesinos desta çibdad asi
ecle / siasticos como seglares y de los que mas / avian de tener zelo
e gobernación de la republica / se avian ydo de la dicha çibdad a
vivir fuera / della e llevado consigo mucha parte de sus bienes / e
quedara la dicha çibdad despoblada asi de gente / prinçaipal como
de basteçimientos a causa de oir que avia / peste en la dicha
çibdad e aunque pareçia / aber alguna señal dello e se avian
muerto / algunos avia otros enfermos e muchos / dellos pobres que no
tenian bienes por donde / se curar e tenian en la çibdad medicos / e
çirujanos para que curasen de las dichas / enfermedades y no avia de
que les pagar / ni de que dar de comer ni procurar los dichos /
enfermos e hera neçasario visitar las casas / de los que se avian
ydo e saber el pan e / vino e carne que avia quedado e dexado e
reqisalos / para que se venda e gaste por quenta e razon prove /
yeron e mandaron que se haga ansi e lo / que se vendiere e sacare se
deposite en / persona que lo gaste e reparta de manera / que no
perezan los enfermos por falta de // Dinero por que lo que se gastare
e tomare se / pueda pagar a su dueño e tanvien de los / que tuvieren
bienes se cobre por jur de quien / se tomare e de los que no los
tuvieren se re / parta entre los vesinos de la dicha çibdad que lo
pueda / pagar atento que la dicha çibdad no tiene propios / de que
se pueda aber lo suso dicho atento que les / pareçio hera serviçio
de Dios e de su magestad e con / venia para la gobernación de la
dicha çibdad / otrosi mandaron a mi el escribano ponga / en este
libro el traslado de la librança original / que su señoria dio de
los catorze mill maravedis de limos / na para curar los enfermos e se
le entregue / la original a su mayordomo con carta de / pago /
Sebastian de Castro nuestro mayordomo de los / maravedis que son a
vuestro cargo reçibid en quanta catorzemill / maravedis que la
çibdad e vesinos della me deven los diez mill / maravedis de dos
años sobre las alcabalas que me libor la / vizcondesa y son los anos
de quinientos e setenta que / estava a cargo de Sebastian Diaz y este
presente de / quinientos e setenta y dos y los quatro mill maravedis
son / de çenso de la herraria de Vilaoalle e son los dos anos de
quinientos e setenta e uno e setenta / y dos que yo hado bien y
limosna para que sean curados // Los pobres y enfermos que ubiere e
sepultarlos / y se han de distribuir por orden del liçençiado
Molina / y nuestro alcalde mayor o su theniente y el alcalde Maseda /
para que en todo aya quenta e razon e se nos de parte de cómo / se
han distribuido que con esta linbrança e carta de pago / quellos de
vos recibirán en quanta de vuestro cargo fecha / eb la nuestra
çibdad de Mondoñedo a los veinte e quatro dias / de agosto de
quinientos e setenta e dos años y entiendese / que si algunos
maravedis se libraron al seminario se / han de quitar dellos firma
episcopos mindoniensis / dizimos nos Fernan Marques theninte de
alcalde / mayor de Mondoñedo y el bachiller Maseda alcalde ordinario
/ de la dicha çibada y el liçençiado Molina juez de fuero que
reçibi / mos del señor Sebastian de Castro mayordomo de su señoria
los / maravedis contenidos en esta librança que se cobraron desta
dicha çibdad / e vesinos della los quales se destribuiran conforme
la / dicha çedula y dello se dara quenta a su señoria e por ser
verdad / lo firmamos de nuestros nombres en Mondoñedo a dos dias del
/ mes de setiembre de mill e quinientos e setenta y dos años /
Fernando Marques el liçençiado Molina el bachiller Maseda paso /
ante mi liçençiado Arias escribano sacose del original / que se
entrego a Sebastian de Castro mayordomo de / su señoria
La
última referencia con que contamos de este episodio de enfermedad la
encontramos en primero de agosto de 1573 donde se hace relación de
diferentes pueblos del reino de Galicia de donde se estaban
recibiendo noticias de pestilencia, muchos
de ellos de los alrededores de la misma ciudad. El camino de la peste
seguía hacia el mar y la montaña.
1-VIII-1573
Atento que hera venido a su notizia que avia en / fermedad de
peste en los lugares de Miñotos / e Xerdiz san Pedro de Vivero
Chavin e Landrobe / e Valcarria y dentro de la çibdad de Orense /
mandavan y mandaron que se aprego / ne que en esta çibdad no sa
acoja ninguna persona / de todos los dichos lugares so pena de medio
/ año de destierro desta çibdad e de dos mill / maravesis para
pobres
1http://www.bbc.com/mundo/noticias/2015/02/150224_peste_negra_gerbillos_lp
2
Cfr. PORTELA SILVA,
E.: La región de Tuy en los siglos XII a XV... (Santiago de
Compostela, 1976) doc. 66 despoys
de esto...[el día
de Santiago de julio]... que
veera ao mondo tal pestilencia e morte ennas gentes
3
Cal Pardo, Enrique, Episcopologio Mindoniense, Salamanca 2003, pag.
354
4
De Morales, Ambrosio, Viaje a los reinos de León, Galicia y
principado de Asturias, Madrid 1765
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