Los oficios y las alcabalas, carga impositiva a la actividad comercial en la ciudad de Mondoñedo renacentista
Alegrias del S. XVIII donde se califican los diferentes oficios con ironía
La disposición de los puestos de venta y trabajo de
los diferentes oficiales y gremios de la ciudad dependían como otros muchos
aspectos del regimiento de la ciudad, del consistorio y de los señores justicia
y regidores, las panaderas se disponían debajo de las casas del cantón pequeño
donde luego se construiría palacio de la ciudad, los herreros tenían permiso
para poner sus bancos en la plaza pública los días de mercado, etc. Otros casos
resultaban más particulares y necesitaban de un contrato expreso con la
municipalidad para poder llevarse a cabo, es el caso del establecimiento de los
herradores en la entrada de la actual Noriega Varela. En el mes de agosto de 1585 se firman contrato con la ciudad como
regidora del hospital de San Pablo para que pudiesen aprovechar esta esquina de
plaza, que se situaría entre el propio hospicio y la alhóndiga,
permitiéndoseles incluso que levantasen cobertizo para resguardarse en el,
siempre que este pudiese ser demolido par la ciudad en el momento que lo
juzgasen preciso, a cambio se les requería una cuarta de arroba de aceite para
la lámpara del hospital a pagar entre todos.
Cada año por provisión real llegaba el
importe al concejo que, repartido entre los oficiales de los principales
gremios de la ciudad se debían pagar a las arcas reales, entre el listado de
oficios se incluían los que resultaban mas rentables en cada ciudad, en el caso
de Mondoñedo los herreros, los zapateros y curtidores en general, los merceros,
carniceros y mercaderes, principalmente de paños. Además se grababa el vino de
la tierra, el importado y el aceite. Para el abastecimiento de todos estos
últimos productos se sacaba a subasta el puesto de obligado.
Cuando se comunica a los representantes
de los gremios principales el total que deben pagar cada uno es particularmente
interesante ver como entre sus representantes encontramos a varios con los que
nos toparemos en el regimiento de la ciudad, tanta era pues la importancia que
tenían para igualarse dentro de la república con hidalgos, señores y clérigos,
este es el caso de Rodrigo López Teixeiro que llega a ser procurador general y
que se identifica como mercader.
Precisamente será en este S. XVI cuando
las alcabalas dejan de ser cobradas directamente por la corona y pasan a ser
cosa de los encabezados, así se incluirán algunas de corte más general como la
alcabala del viento que grababa todos los productos que se vendían en la ciudad
procedentes de fuera de su jurisdicción y la alcabala de lo común, que se
aplicaba a todas las transacciones que conllevaban una plusvalía para el que
las realizaba, como ventas de inmuebles, alquileres, permutas gananciales etc.
Para la alcabala de lo común se realizaban complejos apeos y censos o padrones como el que ya hemos tenido la
oportunidad de reproducir en este blog de 1588, que actualmente son las mejores
herramientas que tenemos para estudiar las curvas de población en estas fechas.
Como cabeza de jurisdicción y capital
de provincia a Mondoñedo llegaba igualmente la provisión para el encabezamiento
de los repartimientos de todos los partidos que a ella pertenecían.
Así
pues herreros, zapateros y
curtidores, merceros y mercaderes, serán los oficios mas significativos
presentes en el Mondoñedo bajo medieval
y moderno; por otro lado conviven otros que aunque aparecen reflejados
regularmente por diferentes motivos en la vida diaria de la ciudad, no
generaban suficientes ingresos para recibir carga impositiva, como panaderas y
molineros. De ambos casos se trata en múltiples ocasiones, en el caso de las
primeras para regular el precio y calidad del producto y en el caso de los
segundos para controlar las maquilas y los pesos por los que regían su trabajo
con los de la alhóndiga y los municipales.
Los pesos y medidas de la alhóndiga
prestaban servicio no solo a los profesionales que se dedicaban al mercadeo del
grano y a su molienda, si no a cualquiera que estuviese interesado en comprobar
con exactitud que cantidad de materia prima traía a vender o moler a la ciudad.
El cuidado de estos era oficio de los fieles o aferidores, normalmente munícipes escogidos por el regimiento de la
ciudad, que tenían que controlar que las medidas para grano y los pesos
estuviesen de acuerdo con los patrones guardados en el concejo, a cargo del
procurador general, estos patrones se reconocían por llevar marcado a fuego el
escudo del reino. [1]
Fanega de concejo castellana del S. XIX
En la visita que realiza el alcalde
mayor en 1581 a
la alhóndiga para comprobar el estado de las medidas en esta custodiadas,
constata que están alteradas e incluso pretende averiguar cual es el motivo de
tal deterioro por ser perjudicial para la ciudad, finalmente como acostumbra a
suceder, tal celo termina en una simple orden para componer nuevos ferrados y
balanzas que siguiesen el patrón del concejo.
De los oficios y sus oficiales
disponemos de información dispersa en los libros de concejo, incluso se nos
recuerda la obligatoriedad de celebrar sus santos patrones con danzas y
festejos, pero no se profundiza en el organigrama de las cofradías.[2]
Otros quedan completamente dejados de
lado y apenas se citan, sobre todo los que representaban únicamente un
complemento a la economía familiar, como las tejedoras, hortelanas, fruteras
etc.
Contrato
con los herradores.
15-VII-1585
Que se permite a los herradores que al
presente estan en esta / çiudad que tengan los bancos de su ofiçio y lo usen en
el rin / con de la callejuela de tras del ospital aunque es parte / publica y
conçejil y que para su comodidad puedan ha / zer una cubierta por enzima del
altor y como les sera / señalado por este ayuntamiento por lo qual no sea visto
/ adquirir posesion ni derecho alguno sino tenerlo ansi / y estar en el dicho
sitio mientras fuere voluntad des / te dicho ayuntamiento y que se les pueda
derrocar e / demolerles de alli cada e quando que quisieren y con que / en
reconszimiento paguen al dicho ospital cada un año / y a rata de los que alli
estubieren anbos un carte / ron de azeite quarta arroba de azeite para la
lampara / del dicho ospital e capilla del y que qualquier dellos lo pa / gue
aunque este a solas y para la cobranza e hazer / los cobrar se de dello abiso
al mayordomo del dicho os / pital que lo fuere al qual acudan con ello y esto /
se ponga por decreto en el libro deste ayuntamiento y el / consentimiento de
los dichos ferradores para que dello / en todo tiempo conste //
Repartimiento
de encabezados de alcabalas
5-V-1576
En este consistorio los dichos señores
conforme a / la provision real de su magestad tocante a las alca / balas por
este presente año de mill e quinientos e / setenta y seis la repartieron entre
los miem / bros desta dicha çibdad en la manera siguiente /
A los merçeros repartieron por todo / el
año veynte mill maravedis /
A los zapateros diez y ocho mill
maravedis /
A los herreros por todo el año se / les
reparte ocho mill maravedis (cobre azófar y / estaño) /
A los carnizeros nuevemill maravedis
para / todo el año /
A la alcabala del azeite quatro mill /
maravedis /
A ala alcabala de los paños nueve / mill
maravedis por todo el año /
A la alcabala del vino de la tierra /
treynta mill maravedis //
La alcabala del biento diez mill
maravedis / por todo el año/
Al bino de orense por todo el / año
cuarenta e dos mill maravedis /
El qual dicho repartimiento los dichos
señores justiçia e regimiento / hizieron en la forma suso dicha de los çiento e
çincuenta / mill maravedis que por su magestad esta mandado e mandaron / que
los miembros paguen la dicha suma y repartan / entre si por menor lo que les
cabe con protestación / que si ubiere costas sea a su cargo lo qual paso en / presenzia de Rodrigo Lopez Teixeiro Sebastian Diez e
Pero Gonsales mer / caderes por si e sus consortes de los paños y Toribio de /
Liebana Pero Lopez e Francisco Perote herreros por sy / e sus consortes e Juan
Vernalez Pero Diez Jacome Folon / e Marcos Veche Merçeros a los quales se
ñotifico / el dicho repartimiento a ocho del dicho mes e año //
[1] 11-III-1581
…acalde mayor / por su señoria reverendisima visito por su persona las
pesas y balanças de / la casa de la alhondiga y hallo que estava desbaratado el
peso / y las mas de las dichas pesas y mando a Pedro Lopez çarrajero que esta /
va presente que entiende el el dicho ministerio para cui hefeto avia sido /
llamado lo aderezase luego en todo lo que fuese neçesario en el dicho peso y /
pesas y que lo llebe a su casa y eso mesmo se confirieron / seis ferrados que
se hallaron en la dicha casa de la alhondiga en poder / de Santo Andres que
bive en ella y a cuio cargo esta y confe / ridos por el padron de la dicha
çiudad que esta marcado con las / armas reales que esta en poder del procurador
general y Pasqual / Trigo su sustituto y
paresçio estar algun tanto mayores / atento lo qual su merçed mando t y remitio
la averiguación / al primero consistorio para que alli se averiguase y supiese
la / causa que se avia tenido para hazerlos de la forma y manera / que se
hallaron atento que heran ya viejos y hechos antes / que su merçed viniese a
usar el ofiçio que exerçe de alcalde mallor / y asi lo proveyo y lo firmo de su
nombre estando presentes / por testigos los dicho Pedro Lopez y Pedro Diaz y
Pedro de Fistela e Rodrigo / Gonçalez que los confirio /
3-III-1581
Los dichos señores dixeron que por quanto el señor alcalde mayor /
visito las pesas y medidas de la alhondiga desta zui / dad e algunas allo
quebrantadas y otras allo ser mayo / res y no venur con el padron viejo según
se le en el / auto de la dicha visita questa en este libro cometieron / a
Gaspar Balmayor procurador general aga conferir por el / padron viejo los
ferrados que estan en la dicha / casa de la alhondiga y los aga aderezar de
modo que ten / dran de conferidos y asi mesmo aga aderezar las pesas / e
cadenas por que gastare con carpinteron e / herreros se le mandara pagar y aga
alimpiar / el cao de la casa de la alhondiga y retexarla / presente el dicho
Gaspar Balmanior que lo consintió / e se
ofresçio a ello
[2] 4-VI-1576
Los dichos señores mandaron pregonar que todos los / ofiçiales desta
çibada de qualquier ofiçio hagan / una dança para reçoçijar la fiesta del
corpus cristi / seguns e acostumbra so
pena de de cada tres mill maravedis para / la camara y obras publicas de la
çibdad
Comentarios
Publicar un comentario