El abastecimiento de vino en la baja Edad Media S. XVI



La escasez de vino y la necesidad de abastecer la ciudad con producto del sur de Galicia es un tema recurrente el las decisiones del consistorio durante todo el S. XVI.
         En 1554 se considera la posibilidad de impedir la entrada de vino de Ourense y Lemos por el perjuicio que provocaba al impedir a los labradores locales vender todo el que habían obtenido, al parecer estos años habían sido especialmente propicios para este cultivo y de ahí que se sopese cerrar la entrada de producto foráneo.
         Como ya había sucedido durante toda la edad media el vino local apenas llegaba para parte del año, además era de regular calidad y entre quien podía permitirselo, se prefería vino de lugares más cálidos. Los siglos XIII, XIV y XV debieron ser especialemnte propicios para la entrada de vino de Francia, por la gran cantidad de cerámica de Saintonge que se encuentra en el subsuelo, habitualmente compañera de trasiego en las cargas de vino de Burdeos. Los libros municipales mas antiguos no mencionan ya esta importacion pero si la necesidad de mantener el abasto con vino de Ourense.
         Entre 1554 y 1555 nos encontramos con los primeros intentos de impedir la llegada de este para evitar la marcha de capital a otras tierras mientras, supuestamente, el producto local quedaba sin vender, podemos ver en las siguientes entradas del libro de consistorio mas antiguo conservado como se trata este tema, iniciando una pequeña averiguación entre los propios síndicos.

(Octubre 1554) el señor sebastian vazquez regidor de parte de su señoria / propuso en consistorio en como su señoria nonbraba / los dichos señores iustizia e rregidores mandasen ver el / probecho que benia a las dicha çibdad y comarca alderedor / en mandar que no entrase vino de orense e lemos / en la dicha çibdad o dano que se apersivir y en to / do hiziesen como mejor paresçiese / el señor regidor pero fernandes tomas dixo que la dicha çibdad / e comarca alderredor reçibiria gran dano e perjuizio / en no entrar el dicho bino de fuera e si no entrase en ella / que el bino de la tierra se bernia a enca / reçer en heçesivos preçios quanto mas que en la / tierra no abia bino que bastase y los caminan / tes y personas e vesinos reçibirian gran dano e perjuizio / el señor rregidor juan lopez de prabeo dixo que en la tierra / e comarca e entre los vesinos de la çibdad abia abido / este ano generalmente mediado bino y muy buenos e los / e los mejores que munca fueron y que en entrar bino de o / rense e de fuera parte se seguia a la çibdad e comarca / mucho dano  e perjuyzio lo uno por que salia el / dinero de la tierra e quedaba del probeydo e abyendo bino en la tierra que bastase hera gran perjuyzio / lo otro por que los ofiçiales e gente pobre se abeçaban e / acostumbraban todos a beber binos reçios e fuertes / a un que les costase a heçesybos preçios e se / hazian biçiosos ya con el por donde ya  abia muchos / que no querian beber bino de la tierra ninguno el / qual hera mas sano para sus conplisiones e bebien / do del otro se azian biçiosos y que el probecho que / que ay dello hes de la tierra e comarca e alderedor / porque queda el dinero en ella y gastan sus binos e / no allan quien se lo compre // el señor rregidor don juan abad dixo que su paresçer hera / lo mismo del señor regidor juan lopez / el señor regidor sebastian bazquez dixo que su pares / çer hera que este ano abia vino razonablemente / en la tierra e comarca alderredor en que le paresçia / que sin venir vino de fuera vastaria aver complimiento / para todo el año y el bino que viene de fuera hes / dano de la republica por que los labradores sin tra / baxado e gastado lo que tienen por coger su vino / que agora an cogido y con entrar e dar largançia / que entre en esta çibdad vino de orense e lemos / no gastan el suyo ni ay quien les de blanca por / ello abyendo quien se obliga a conbenible / preçio seria gran vien lo que venia a la republica / e queda el dinero en ella o alomenos se les ponga / estanque que no entre vino de fuera sino que se gaste lo /  de la tierra primero / gonzalo yanes general de la dicha çibdad dixo quel en nombre / de los vesinos e republica e como probisor general consentia / e consentio e pedio a señor alcalde mayor consintiese / e dexase entrar en la dicha çibdad el vino de orense / e de lemos por que hera bueno y mejor para el ynbier / no y mas sano quanto mas que en la tierra no / abia vino abasto e abiendo falta seria gran da / no para la republica e caminantes e e comar / ca al de redor

            Los vecinos se quejaban que al llegar vino de fuera el suyo quedaba sin vender y se quebrantaba, “no habiendo quien les de blanca por el”. Además se previene que al probar este tipo de vino, mas fuerte y de mayor calidad, el propio se despreciaba aunque fuese a menor precio.  Asi mismo otros testigos preguntados apuntaban la mejor calidad del vino ourensano y la necesidad de no cerrar puertas a el ante la posibilidad de quedar desabastecida la ciudad. Finalmente se decide mantener el permiso para la su venta.
         Aun asi poco mas tarde la mucicipalidad se encuentra con que no consiguen encargar a nadie la venta y trasiego de vino de ourense y deciden comparalo ellos mismos, en bien de la república, repartirlo al menor por cuenta del concejo y cobrar para las arcas municipales las ganancias que pudiesen restar luego de cumplir con los gastos que generase tal oficio.

En la çiudad de mondoñedo a çinco dias del mes / de febrero de mill y quinientos e çincoenta y çinco / años estando en su ayuntamiento los muy nobles / señores çizençiado alarcon alcalde mayor pero fernandes thomas / juan lopez de prabeo luis de luazes el lizençiado salgado / sebastian bazquez regidores lope rrodrigues probisor general / de la dicha çiudad los dichos señores justizia e re / gidores e probisor general de la dicha çiudad dixeron / que atento la falta de vino que avia en esta çiudad / de que a los bezinos della y otras personas e caminantes / venia mucho daño e detrimento y aun que / ellos abian tratado y hecho lo posible por / que en esta dicha çiudad obiese obligado que probeyese / de vino a la dicha çiudad e no lo avian hallado / si no a demasiados preçios por ende por el / pro e utilidad que de lo abaxo qontado biene / a la dicha çiudad e vesinos della y caminantes e / otras personas e porque fuese bien basteçida / de vinos e a moderados preçios y anse mes / mo por el ynteres y ganaçia utilidad e / probecho que dello de seguia mandaban e / mandaron por los dineros que esta dicha çiudad / tien de los bienes y herençia que a la dicha / çiudad dexo el regidor gonçales de farto / que aya gloria que estaban en poder del / señor regidor luis de luazes en una arca una / llabe de la qual thenia el señor lizençiado bizuela /  probisor y otra el dicho regidor luis de luazes / mandaron dar al dicho señor regidor se / bastian bazquez trezientos ducados en reales / que son tres mill e tresientos reales // de plata que el dicho señor regidor se / bastian bazquez o las persona o personas que el pusiese / e nonbrase enpleen los dichos trezientos / dicados en binos de orense blanco y los bayan / a comprar a la dicha çiudad de orense y sus cotos e / tierra e lo traygan a esta dicha çiudad e bendan / por menudo en ella a los preçios que seran señalados / y de todo ello y de la ganançia que dello subçe / diere pagos los gastos y costas que en ello se / pusieren e gastaren la dicha ganançia que asi / se hallase fuese para la dicha çiudad e aumentaçion / de los dichos dineros de la dicha arca donde asi se / avian de sacar para que juntamente la dicha ganaçia / con el dicho prinçipal se tornase a la dicha arca cada / y quando que por ellos fuese acordado/

         Finalmente se solventa este inconveniente acordando precios con varios abastecedores y premiando este trabajo con la retirada de la sisa en la venta del vino

en la çiudad de mondoñedo a seis dias del mes de febrero / de mil y quinientos y çincoenta e çinco años estando en consistorio / llamados por son de campana tanjidalos muy nobles señores / lizençiado alarcon alcalde mayor gonzalo yanes alcalde hordinario por fiel thomas / juan lopez de prabeo luis de luezes sebastian bazquez re / gidores de la dicha çuidad lope rrodrigues probisor general della pares / çieron los señores juan martinez barcal pero de leon vasco rey / mondez andres conde vesinos de la dicha çiudad e (dixeron que se ) con / trataron con los dichos señores justiçia e regidores e probisor general / de prober esra çiudad de vino blanco de orense / he en la manera y por el tan preçio y condiçiones siguientes / primeramente que se obligaron de probeer esta çiudad / e vezinos della e personas que alla vinieran de vino blanco / de oerense bueno del que se cogio el año de mill e quinientos e çinquenta / y quatro y abasto y onde començar a prober des del / primero dia del mes de nobienbre primero que biene y si antes / del dicho primero de março començaren a vender que fal / tandoles bino en el dicho mes de março se le tome a quenta / loq ue amas obiere dado / que lo an de bender desde el dicho primero de março fasta / todo mayo a diez maravedias el quartal e dede alli fasta / todo el mes de nobienbre a onze maravedis el quartal / e no tiene de pagar sisa alguna / yeten que han de fazer medida de blanca e de marabedi / que rresponda a onze marabedis el quartal la qual dicha / medida las tinen de dar hecha / que an de dar continuamente dos tabernas en que se / venda el dicho vino y lo an de dar fasta las // diez oras de la noche e mas tarde si mas lo / qdasen en dar / item que como dicho hes no an de pagar sisa alguna / y que an de pagar de pena mill marabedis por cada / bez que faltaren de probeer del dicho vino en / las dichas dos tabernas como dicho hes para propios / iten que si otra persona alguna obiese que quiere vender / vino blanco a menos un marabedi por quartal / lo puda hazer / Iten que otra persona no pueda vender el dicho vino sin / liçençia de los dichos obligados so pena de / lo perder aplicado a los dichos obligados / iten que el tonel o pipa que començaren una bez / a bender no hechen otros hasta que acaben / aquel como dicho es siendo vueno como dicho hes / iten que conforme a esta puxa y capitulos / an de hazer todos obligaçion (+-2) / luego que les fuere mandado y ansi lo firmaron / presentes todos / 

         Resultan particularmente interesantes las cláusulas que se indican para ofrecer monopolio a los citados vendedores y abastecedores, por una parte nos muestran la necesidad de que la ciudad no se quede sin este producto al que se le concedía tanta o más importancia que a la carne pasando asi igualmente a subasta su abastecimiento, eximiéndolo de impuestos directos como la sisa, acordando precios y medidas oficiales y convenientes y asegurando el monopolio de venta para los citados, precisandose permiso para vender.
         Queda claro que el vino, y a poder ser fuerte (entendemos de mayor graduación alcólica) era un motor importantísimo de la vida diaria en las tierras gallegas, y en una zona donde su calidad estaba siempre expuesta a los caprichos del clima, precisamente durante los años centrales de la pequeña edad del hielo, era necesario y hasta apremiante conseguir que no faltase este en los abastecimientos municipales. 


Fiel controlando la calidad del vino 

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